Sentencia N° 168 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de marzo de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 168, Exp. C06-0382, 23/04/2007
ExpedienteC06-0382
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-03-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Breymel Jesús Jiménez, quien había sido condenado a trece años de presidio por los delitos de robo agravado de vehículo automotor y porte ilícito de arma de fuego. La Sala de Casación Penal del TSJ, tras revisar el caso, decidió rectificar la pena impuesta, considerando las circunstancias atenuantes y la falta de antecedentes penales del acusado, reduciendo la pena a once años y seis meses de prisión. Además, se decretó el sobreseimiento de la causa respecto a Alexis Javier Lamas Cordero, quien había fallecido.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, al pronunciarse sobre el recurso de apelación propuesto por la defensa del acusado BREYMEL JESÚS JIMÉNEZ, expresó: '…aduce el recurrente que por cuanto la víctima no precisó que eran los imputados Alexis Javier Lamas y Breymel Jiménez, quienes se habían apoderado del vehículo: Marca: Toyota, modelo: Samuray, color: rojo, placas ACS-39X, serial de carrocería FJ62904637, año: 1988, sometiéndola a la fuerza el Veintinueve de marzo de Dos Mil Cuatro con un arma de fuego, no podía serle atribuido el delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor sino que encuadraría según el criterio de la defensa en el delito de Aprovechamiento de Robo de Vehículo. No obstante a ello este Tribunal es contundente al expresar que cuando a los referidos ciudadanos, mediante un operativo envolvente, se le logra la aprehensión en la avenida Florencio Jiménez con Avenida Circunvalación Norte frente al Barrio Negro Primero, Vía Principal, llevada a cabo mediante denuncia interpuesta por la propia víctima, quien además manifestó que persiguió a los hoy acusados, gracias a los cuales los funcionarios policiales pudieron radiar exitosamente a los acusados, dando así captura a quienes en ese momento conducía un vehículo con idénticas características señaladas por la denunciante.'

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: 1.- Declara sin lugar la primera denuncia del recurso de casación propuesto por la defensa del acusado BREYMEL JESÚS JIMÉNEZ; 2.- Declara con lugar la tercera denuncia del mismo recurso de casación; 3.- Rectifica la pena impuesta al acusado BREYMEL JESÚS JIMÉNEZ, quedando en definitiva la pena a cumplir en once (11) años y seis (6) meses de prisión por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos en los artículos 5 y 6, numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y 278 (ahora 277) del Código Penal vigente para la fecha de la comisión del delito. 4.- Decreta el sobreseimiento de la causa, por muerte del acusado ALEXIS JAVIER LAMAS CORDERO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318, numeral 3, y 44, numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

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