Sentencia N° 167 — Sala de Casación Penal del TSJ, 21 de mayo de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 167, Exp. A13-117, 21/05/2013
ExpedienteA13-117
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2013-05-21
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Freddy Bruzual en representación de Orlando Gulloso Meléndez. La solicitud se fundamenta en la alegación de irregularidades en el proceso penal seguido contra su defendido por el delito de violencia sexual en grado de tentativa. La Sala argumenta que el avocamiento es una figura excepcional que solo procede en casos de graves desórdenes procesales o violaciones al ordenamiento jurídico que afecten la imagen del Poder Judicial.

Extracto de la motiva

El avocamiento es una institución jurídica establecida en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que le otorga al Máximo Tribunal de la República, en todas sus Salas, la potestad de conocer y decidir, de oficio o a petición de parte, de una causa, en el estado y grado en que se encuentre en cualquier Tribunal, independientemente de su jerarquía y especialidad. Respecto a la regulación de la figura jurídica bajo análisis, los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, disponen expresamente: 'Artículo 107. El avocamiento será ejercido con suma prudencia y sólo en caso de graves desórdenes procesales o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad democrática.' La Sala de Casación Penal ha señalado en infinitas oportunidades que, el avocamiento procede cuando no exista otro medio procesal idóneo y eficaz, capaz de restablecer la situación jurídica infringida y que no pueda ser reparada mediante el planteamiento de una incidencia o de un recurso ante cualquier instancia competente, por lo que las partes están obligadas a agotar todos los recursos procesales existentes.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento propuesta por el ciudadano abogado Freddy Bruzual, actuando como defensor privado del ciudadano ORLANDO GULLOSO MELÉNDEZ. Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

avocamientotribunalesderechosproceso penaljusticiaLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

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