Sentencia N° 166 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de abril de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 166, Exp. R01-0078, 04/04/2002
ExpedienteR01-0078
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicacion
Fecha de la decisión2002-04-04
DecisiónNo procede

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación presentada por los ciudadanos JURATE REGINA STATKUS DE ROSALES, NELSON BOCARANDA SARDI y ALBERTO GARRIDO, quienes enfrentaban acusaciones por difamación agravada. La Sala consideró que, tras un acto conciliatorio realizado el 22 de febrero de 2002, la acción penal había sido extinguida a petición de las partes, lo que llevó a declarar que no procede la continuación del trámite de la solicitud de radicación.

Extracto de la motiva

Ahora bien, con el acto conciliatorio efectuado entre las partes involucradas en la presente causa, se ha extinguido la acción penal. En consecuencia, considera esta Sala que en el presente procedimiento, la materia sobre la cual atañe el conflicto sometido a su conocimiento y solución, ha dejado de tener sustento jurídico y por consiguiente no puede existir pronunciamiento alguno que pueda enervar los efectos de los presupuestos indicados, con lo cual no puede pretenderse un dictamen sobre una materia inexistente mas allá de los términos consignados en esta decisión. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrado Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA QUE NO PROCEDE la continuación del trámite de solicitud de radicación interpuesta por los ciudadanos JURATE REGINA STATKUS DE ROSALES, NELSON BOCARANDA SARDI y ALBERTO GARRIDO. Y en consecuencia se ordena su archivo.

Palabras clave

radicacióndifamación agravadaacción penalconciliaciónjurisdicciónperiodistasinterés público

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