Sentencia N° 163 — Sala de Casación Penal del TSJ, 31 de mayo de 2018

TSJ/SCP, Sent. N° 163, Exp. C18-60, 31/05/2018
ExpedienteC18-60
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2018-05-31
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por las abogadas Jouveth Consuelo Rosas Bravo y María Alejandra Moreno Moreno, en defensa de Marisol del Carmen Rosas de Jerez. La decisión se basa en que el recurso no cumplía con los requisitos de admisibilidad establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, ya que la decisión recurrida no ponía fin al proceso ni impedía su continuación.

Extracto de la motiva

En este sentido, el Ad (sic) quo se apartó de todo lo que estaba acreditado en la causa, Por (sic) un lado, pues el tribunal debió atender nuestras denuncias contra el tribunal de control quien (sic) no hizo el control formal y material de la acusación fiscal, así como tampoco se pronunció con relación a las excepciones presentadas contra la acusación; pues el Tribunal no cumplió con el deber de controlar la acusación, no realizó un análisis de los fundamentos fácticos y jurídicos que sustentaban el escrito acusatorio Y (sic) por otra parte; (sic) en el ejercicio de nuestro derecho recursivo ante el tribunal superior, éste tampoco conoce el fondo de la controversia, cercenándonos el derecho de la vía recursiva lo que evidentemente agrava la situación en desmedro de los derechos de nuestra defendida, Lo (sic) que constituyó una violación del derecho a la defensa consagrado en el artículo 49.1 (sic) de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al no entrar a conocer el fondo del recurso planteado y dictar motivadamente la decisión que corresponde. En tal sentido la decisión recurrida, provista de: violación de los derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, a la defensa, de petición y de oportuna y adecuada respuesta de la ciudadana Marisol del Carmen Rosas Bravo, tanto por la decisión dictada el 11 de octubre de 2017, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, como por la decisión № 395-17 dictada el 22/11/2017 de la sala (sic) Segunda de la Corte de Apelaciones del Estado Zulia , (sic) no conoce el fondo del asunto declarando inadmisible un recurso de apelación en una causal inexistente.

Dispositiva

DECLARA INADMISIBLE, conforme con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de casación interpuesto las abogadas Jouveth Consuelo Rosas Bravo y María Alejandra Moreno Moreno, defensoras de la ciudadana MARISOL DEL CARMEN ROSAS DE JEREZ, titular de la cédula de identidad V- 5.769.195.

Palabras clave

apelacióninadmisibilidadderecho a la defensatutela judicialCódigo Orgánico Procesal Penalviolación de derechos

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