Sentencia N° 162 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de abril de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 162, Exp. C14-470, 09/04/2015
ExpedienteC14-470
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-04-09
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de KEVIN RAFAEL ROMERO FARRERA, confirmando la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio. La defensa alegó errores en la valoración de pruebas y en la fundamentación del fallo, pero la Sala concluyó que los vicios denunciados no eran atribuibles a la Corte de Apelaciones, sino a la instancia de juicio. Se reafirma la competencia de la Sala para conocer de recursos de casación y se establece que no se puede impugnar decisiones de primera instancia a través de este recurso.

Extracto de la motiva

El recurso de casación fue propuesto el veinticuatro (24) de octubre de 2014. Tiempo hábil y suficiente con fundamento en el supra citado artículo 454 de la ley adjetiva penal. Además, se verifica que la decisión aquí impugnada fue dictada el primero (1) de octubre de 2014 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, declarando sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa privada, además de exceder la pena impuesta del mínimo establecido en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal, tratándose de aquellas decisiones recurribles en casación. Ahora bien, esta Sala de Casación Penal pasa a revisar la fundamentación del presente recurso de casación. Por cuanto se evidencia que en ambas denuncias del recurso de casación, la defensa planteó, sobre la base de los mismos argumentos, la falta de aplicación del numeral 3 del artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal, señalando que la Corte de Apelaciones incurrió en el vicio de inmotivación del fallo, la Sala procede a pronunciarse de forma conjunta. El numeral 3 del artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal, prescribe como requisito de la sentencia, lo siguiente: “La determinación precisa y circunstanciada de los hechos que el tribunal estime acreditados”. Es pertinente señalar que la infracción del numeral 3 del artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal, no puede ser atribuida a las Cortes de Apelaciones en los términos planteados, ya que, constituye un requisito de la sentencia proveniente de los tribunales de instancia de acuerdo con el principio de inmediación contenido en el artículo 16 ibídem.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los pronunciamientos DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el abogado ELVYS ARBELÁEZ defensor privado del ciudadano KEVIN RAFAEL ROMERO FARRERA de conformidad con el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese y regístrese. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

inmotivacióntestificalnulidadCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penalpruebasderechosjusticia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca