Sentencia N° 162 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de abril de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 162, Exp. C07-0083, 17/04/2007
ExpedienteC07-0083
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-04-17
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima los recursos de casación interpuestos por el representante judicial de la víctima y el Fiscal del Ministerio Público, argumentando que no se cumplieron los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. Se señala que la Corte de Apelaciones actuó conforme a derecho al confirmar la absolución del acusado por homicidio intencional, al considerar que actuó en legítima defensa ante una agresión ilegítima por parte de la víctima. La decisión se fundamenta en la falta de motivación suficiente en los recursos presentados.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir, observa: Los artículos 460 y 462 del Código Orgánico Procesal Penal prevén: “Artículo 460. Motivos. El recurso de casación podrá fundarse en violación de la ley, por falta de aplicación, por indebida aplicación, o por errónea interpretación…”. “Artículo 462. Interposición. El recurso de casación (...) Se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación, o por errónea interpretación, expresando de que modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios...”. Del recurso interpuesto se evidencia que el recurrente señaló de manera conjunta la violación de la ley por falta de aplicación, indebida aplicación y errónea interpretación y sin especificar los preceptos legales que consideró infringidos por tales circunstancias. Además, indicó de manera imprecisa la inobservancia por parte de la recurrida del artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal y posteriormente hizo un señalamiento expreso de la violación de los ordinales 2º, 3º y 4º de la citada disposición adjetiva, que prevé los requisitos que debe contener la sentencia dictada por el tribunal de primera instancia.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: 1) DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado RODRIGO TOVAR CASTILLO, en representación de la víctima, ciudadano RAFAEL ARTURO REQUENA RONDÓN. 2) DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la ciudadana abogada ANA FLORES CAPOTE en su condición de Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.

Palabras clave

homicidio intencionallegítima defensarecurso de casaciónCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal PenalEstado Guáricoabsoluciónagresión ilegítima

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca