Sentencia N° 161 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de abril de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 161, Exp. C09-026, 23/04/2009
ExpedienteC09-026
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-04-23
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Eric Wladimir Bastardo Sandoval, quien fue condenado por homicidio intencional y otros delitos. La defensa argumentó que el disparo fue involuntario, pero la Corte consideró que la sentencia de primera instancia fue motivada adecuadamente y que se respetaron las normas de apreciación probatoria. La Sala de Casación Penal del TSJ confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones, desestimando las denuncias de la defensa sobre vicios de inmotivación y falta de análisis probatorio.
Extracto de la motiva
La referida Corte de Apelaciones dio una adecuada respuesta a lo alegado por la defensa del acusado en apelación, toda vez que, no se limitó a realizar una mera descripción del resultado de las pruebas practicadas, sino que por el contrario, expresó claramente las razones por las cuales consideró que la decisión apelada no infringió el principio de libre valoración probatoria ni la presunción de inocencia. Es así como, el ad quem luego de hacer un recuento de la parte motiva de la sentencia de juicio, entró a resolver cada una de las denuncias contenidas en el recurso de apelación evidenciando con ello el efectivo control de la motivación, es decir, de la correcta aplicación del derecho por parte del tribunal de juicio y a tal efecto expresó: El A-quo estableció de manera diáfana en el fallo en controversia, los hechos que consideró probados, indicando en perfecto orden, con razonamiento lógico y respeto a las normas de apreciación probatoria, cómo en su criterio se tipificaron todos y cada uno de los hechos punibles por los cuales se juzgó al acusado, sin hesitación alguna sobre su culpabilidad (Primera denuncia). El amplio y profundo estudio vertido por este Tribunal Superior en las líneas que anteceden respecto a la sentencia apelada, le permite a este órgano jurisdiccional desestimar la denuncia del Recurrente en relación a que el A-quo se limitó a reproducir los dichos de los expertos y testigos que declararon en juicio, sin hacer de ellos una valoración crítica, por ser innegable la profusa explicación que dio el Juez BRAULIO SANCHEZ MARTINEZ en lo concerniente a ese punto en concreto. Todos los hechos que fueron objeto de prueba técnica y correspondientes testimonios de expertos, descritas detalladamente ut supra, a saber: experticias de trayectoria intraorgánica de proyectil en el cuerpo de MERBYS ADRIANA DIAZ BONILLA y JHON ALBERTO CARDENAS CASTILLO; experticia sobre ropa del acusado; levantamientos planimétricos en el lugar del suceso; experticias documentológicas; experticias balísticas, experticias biopsicosocial; experticias médicas, óigase bien, todas, absolutamente todas fueron apreciadas en la sentencia y debidamente adminiculadas con los otros medios probatorios que se incorporaron en el debate, y en cuanto aquellas que no lo fueron, hubo justificación del A-quo de las razones por las cuales las dejó de lado.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado ERIC WLADIMIR BASTARDO SANDOVAL. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente y remítase el expediente.
Palabras clave
homicidio intencionalrecurso de casaciónviolencia psicológicaprivación ilegítima de libertadanálisis probatoriosentencia penal