Sentencia N° 160 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de agosto de 2019

TSJ/SCP, Sent. N° 160, Exp. C19-126, 07/08/2019
ExpedienteC19-126
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2019-08-07
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por la abogada Betzabe Cristina Colmenares Mendoza, en representación de Ramón Alexander Escobar Luque, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del estado Lara que confirmó el sobreseimiento de la causa seguida contra Gilson Mauricio Barroeta Florez y Robert David Zapata Aldana. La Sala concluye que la denuncia carece de fundamentación adecuada y no cumple con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

En relación a lo manifestado por la representación de la víctima en su escrito recursivo, donde alega que la decisión presenta el vicio de contradicción e ilogicidad en la motivación de la sentencia, considera quienes aquí deciden que luego de una revisión exhaustiva de las actas que contienen el presente asunto, así como de la decisión impugnada, constató que en efecto el método utilizado por la recurrida para arribar a su conclusión se corresponde al sistema de valoración de pruebas establecido en el artículo 22 de la norma adjetiva penal, que señala que éstas se apreciarán por el Tribunal según la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia. La recurrida con la rigurosidad que le impone el mencionado método, de explicar, razonar el porqué de la valoración que le dio a las pruebas promovidas, se observa que siguió los lineamientos, de la experiencia común, las reglas de la lógica, las normas que gobiernan la expresión del pensamiento humano, constituidas por las normas fundamentales de coherencia y la derivación dando razón suficiente del porque de sus convencimiento para sobreseer a los ciudadanos GILSON MAURICIO BARROETA FLORES (sic) Y ROBERT DAVID ZAPATA ALDANA de los delitos de EXTORSIÓN (…) AGAVILLAMIENTO (…) y TRÁFICO ILÍCITO DE ARMA EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO (…). En tal sentido (…) al no denotarse que la decisión proferida presenta tal vicio, es por lo que considera este Tribunal Superior declarar SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto.

Dispositiva

DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por la abogada BETZABE CRISTINA COLMENAREZ MENDOZA, actuando en su condición de apoderada judicial del ciudadano RAMÓN ALEXANDER ESCOBAR LUQUE, contra la decisión proferida el primero (1°) de noviembre de 2018, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara.

Palabras clave

casaciónextorsiónsobreseimientoCorte de ApelacionesTribunal Supremo de Justicia

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