Sentencia N° 160 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de mayo de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 160, Exp. C06-0016, 20/04/2006
ExpedienteC06-0016
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-05-20
DecisiónAnula y repone la causa
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, anula las decisiones previas de la Corte de Apelaciones y del Juzgado de Primera Instancia, debido a la falta de imputación formal del acusado, VICENTE EMILIO SANTÉLIZ CORDERO. Se establece que no se cumplió con el debido proceso, afectando los derechos del acusado. La causa se repondrá al estado que el Ministerio Público realice el acto de imputación formal, conforme al Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia, en orden a lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución de la República, antes de analizar las denuncias propuestas, ha revisado el expediente y constató que se produjo injuria constitucional en los derechos al debido proceso, al acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del ciudadano VICENTE EMILIO SANTÉLIZ CORDERO, por las consideraciones siguientes: Consta en el acta del debate que el 11 de abril de 2005, oportunidad de la apertura del juicio, el ciudadano abogado MIGUEL BERMÚDEZ, Defensor del ciudadano acusado VICENTE EMILIO SANTÉLIZ CORDERO solicitó la nulidad absoluta del proceso seguido contra su defendido por la violación del derecho a la defensa y se basó en lo siguiente: '…mi defendido no fue imputado, ya que de ello se derivan derechos potestad de imputado (…) en la presenta (sic) caso no existe acta de imputación, en la última parte de la acusación se deja constancia que el acusado carece de abogado, se inició una investigación inaudita parte, sin su conocimiento, esto en primer orden, en segundo orden, es el error de derecho se vicia por la inviabilidad, por cuanto existen unos delitos tipificados por el Ministerio Público que de acuerdo a la Jurisprudencia que consigno en este acto se excluyen, mi defendido tiene que saber de qué tiene que defenderse, el delito de Apropiación Indebida Calificada y Estafa Agravada, luego de leer la Jurisprudencia, plantea que esto es la misma situación, es evidente que la acusación adolece de vicios y a todo evento rechazo (…) mi defendido trabaja con la comercialización del café, la víctima desde hace mucho tiempo tenía relaciones con mi defendido, ellos llevan el producto crudo, primero hay que lavarlo, secarlo, el café tiene un proceso difícil, el precio del café se rige por la oferta y la demanda, una vez que deja el café allí no en calidad de depósito, lo que opera allí, es la confianza y lo que hubo entre mi defendido y la víctima fue un acuerdo entre las partes de colocarlo, procesarlo y colocarlo a la venta…' negrillas de la Sala (ver folio 640 de la tercera pieza).
Dispositiva
Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes: 1) ANULA las decisiones dictadas el 16 de noviembre de 2005 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, el 12 de mayo de 2005 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de ese mismo Circuito y el 22 de enero de 2002 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Control del referido Circuito. 2) REPONE la causa al estado que el Fiscal Cuarto del Ministerio Público del Estado Yaracuy realice el acto de imputación formal contra el ciudadano VICENTE EMILIO SANTÉLIZ CORDERO, según el artículo 130 del Código Orgánico Procesal Penal. 3) ORDENA la remisión del expediente al Juez Presidente de ese Circuito Judicial Penal, para que lo envíe a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Yaracuy.
Palabras clave
apropiación indebidaestafa agravadaderecho a la defensaimputación formaldebido procesoCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal Penalrelación comercial