Sentencia N° 159 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de abril de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 159, Exp. E14-394, 09/04/2015
ExpedienteE14-394
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2015-04-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, en Sala de Casación Penal, declaró improcedente la solicitud de extradición pasiva presentada por la República de Costa Rica contra los ciudadanos venezolanos Joe Alexander Rodríguez Andrade y Christian Leonardo Castro Rojas, quienes son requeridos por delitos de asociación ilícita y fraude informático. La decisión se fundamenta en el principio de no entrega de nacionales, consagrado en la Constitución venezolana y en tratados internacionales.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal establece que la solicitud de extradición de la República de Costa Rica no puede ser concedida, dado que ambos solicitados son venezolanos por nacimiento. Se argumenta que la legislación venezolana prohíbe la extradición de sus nacionales, y se resalta la obligación del Estado venezolano de juzgar a sus ciudadanos por los delitos que se les imputan, garantizando sus derechos y garantías constitucionales.

Dispositiva

PRIMERO: DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de Extradición Pasiva realizada por la República de Costa Rica, del ciudadano JOE ALEXANDER RODRÍGUEZ ANDRADE, venezolano por nacimiento, titular de la cédula de identidad V-15.582.774. SEGUNDO: DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de Extradición Pasiva realizada por la República de Costa Rica, del ciudadano CHRISTIAN LEONARDO CASTRO ROJAS, venezolano por nacimiento, titular de la cédula de identidad V-16.972.616. TERCERO: El Estado Venezolano, representado por la máxima instancia del Poder Judicial, asume el firme compromiso ante la República de Costa Rica, que los ciudadanos serán juzgados en Venezuela por los hechos ocurridos en el país requirente.

Palabras clave

extradiciónnacionalesdelitosVenezuelaCosta Rica

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