Sentencia N° 159 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de mayo de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 159, Exp. C13-458, 14/05/2014
ExpedienteC13-458
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-05-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado JOSÉ JESÚS ALICANDU OPORTO, en representación de la víctima NAUDIS CAROLINA ALCALÁ BARRETO, contra la sentencia de la Sala Diez de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación. La Sala argumenta que el recurrente no cumplió con las exigencias legales para la admisibilidad del recurso, ya que no expuso adecuadamente los motivos de derecho que justificaran la nulidad del fallo recurrido. Se señala que el recurrente planteó alegaciones de inmotivación y aplicación indebida de normas, pero la Sala de Apelaciones había dado respuesta a estas denuncias, lo que contradice la argumentación del recurrente. La Sala de Casación concluye que el recurso es infundado y reafirma la decisión de la Corte de Apelaciones, manteniendo la condena impuesta a la acusada por los delitos de robo y lesiones personales graves.

Extracto de la motiva

MOTIVACION VIOLACIÓN DE LA LEY, POR FALTA DE APLICACIÓN DEL NUMERAL 4, DEL ARTÍCULO 346, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 157, AMBOS DEL CÓDIGO ORÁNICO PROCESAL PENAL Considera esta Defensa con todo respecto, que la Sentencia fechada 03-10-2013, emanada de la Sala N° 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Caracas, adolece del vicio de INMOTIVACION, al no Resolver de manera específica y exhaustiva el punto cuestionado en la Apelación que se hiciere contra la Sentencia Definitiva proferida por la Primera Instancia en el caso de marras. Paso de seguidas a explicarme de la siguiente manera: Básicamente en el Proceso que aquí nos ocupa, tanto el Ministerio Público, como quien aquí suscribe y Representa los Derechos de la Víctima, presentamos en su debida oportunidad nuestras respectivas ACUSACIONES, y en ambos casos, EL ESTADO y NOSOTROS COMO PARTICULARES, acusamos por el delito tipo (sic) de ROBO, aunque por una parte discrepamos en cuanto al ROBO cometido; y también hicimos lo propio con nuestras acusaciones, en lo que se refería al delito de LESIONES, las IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 28 cuales vale decir, que fueron infringidas a la agraviada, DURANTE la ejecución del mentado ROBO. Pues bien, ante esas DOS ACUSACIONES, la honorable Instancia, consideró en la Audiencia Preliminar, ‘SIN EXPLICACIÓN ALGUNA’, TAL COMO CONSTA EN ACTAS, ADMITIR PARCIALMENTE AMBAS ACUSACIONES, Y PROCEDIÓ A CAMBIAR LAS CALIFICACIONES JURÍDICAS DADA POR LAS PARTES A LOS HECHOS, ATRIBUYENDO UNA CALIFICACIÓN JURIDICA DE LA QUE INDISCUTIBLEMENTE SUPO APROVECHARSE INMEDIATAMENTE LA ACUSADA, PUES PROCEDIÓ ADMITIR LOS HECHOS CON ESA CALIFICACIÓN, PRETENDIENDO ASÍ BURLAR LA VERDADERA SANCIÓN QUE POR LEY LE CORRESPONDE AL HECHO ILÍCITO QUE REALIZÓ Y QUE ADMITIÓ. Cabe acotar, que se ADMITEN HECHOS, MÁS NO CALIFICACIONES. Dicha la síntesis que antecede, paso a referirme a que lo Sentenció la Corte de Apelaciones con respecto al INEXPLICADO Y POR E

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por el ciudadano JOSÉ JESÚS ALICANDU OPORTO, Apoderado Judicial de la ciudadana víctima querellante NAUDIS CAROLINA ALCALÁ BARRETO, ejercido en contra de la sentencia dictada el 3 de octubre de 2013, por la Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

inmotivationcalificación jurídicaapelaciónjusticiaderechos de la víctima

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca