Sentencia N° 159 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de marzo de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 159, Exp. C08-0014, 25/03/2008
ExpedienteC08-0014
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-03-25
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública en contra de la condena de diez años de prisión al acusado Constantino Monsalve por homicidio calificado en grado de frustración. Posteriormente, el acusado anunció recurso de casación, pero su defensor no formalizó dicho recurso, incumpliendo su deber de garantizar el derecho a la defensa. La Sala del TSJ decidió devolver el expediente a la Corte de Apelaciones para reabrir el lapso para la fundamentación del recurso de casación.

Extracto de la motiva

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el artículo 26, consagra la justicia gratuita como un derecho que encuentra su principal fundamento en la tutela judicial efectiva expresamente reconocida en la misma norma y que tiene por objeto permitir el libre acceso de toda persona a la justicia sin discriminación alguna y a obtener con prontitud la decisión correspondiente. Asimismo, el artículo 49, numeral 1, eiusdem, establece que la defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación y del proceso. En consecuencia, atención a lo dispuesto en los artículos 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en aras de garantizar los derechos a la defensa y a la asistencia jurídica, esta Sala considera procedente devolver el expediente contentivo de la causa seguida al ciudadano CONSTATINO MONSALVE a la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que se reabra el lapso para la fundamentación del recurso de casación anunciado por el mencionado ciudadano. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ordena devolver el expediente contentivo de la causa seguida al ciudadano CONSTANTINO MONSALVE, a la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que se reabra el lapso para la interposición del recurso de casación anunciado por el mencionado ciudadano. Remítase copia certificada de la presente decisión al Defensor Público Vigésimo Sexto del Área Metropolitana de Caracas, abogado JOSÉ AMALIO GRATEROL, así como al ciudadano Doctor DANIEL RAMÍREZ, Coordinador General del Sistema Autónomo de la Defensa Pública.

Palabras clave

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