Sentencia N° 158 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de agosto de 2019

TSJ/SCP, Sent. N° 158, Exp. A19-86, 07/08/2019
ExpedienteA19-86
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2019-08-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por las abogadas Gloria Marisol Pérez Lameda y Vanessa de Jesús Robles Véliz, en representación del ciudadano Javier Alejandro Bertucci Carrero. La solicitud se fundamenta en presuntas violaciones al debido proceso y derechos constitucionales durante el desarrollo del juicio penal en su contra por delitos de contrabando agravado, manejo ilícito de materiales peligrosos, tráfico ilícito de materiales estratégicos y asociación.

Extracto de la motiva

Como se precisa en autos, se cumplen taxativamente, los supuestos de procedencia del avocamiento, establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y ratificados en diversas sentencias de esta Sala de Casación Penal, en los términos siguientes: 1) ´Escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudican ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana´. En un proceso penal en el que no está presente la figura de la flagrancia y sin embargo, se simula esta para no cumplir con el procedimiento establecido en la norma como es el acto formal de imputación constituye una flagrante violación del DEBIDO PROCESO y DERECHO A LA DEFENSA (…) se ha perpetrado una escandalosa violación del ordenamiento jurídico, que afecta no solo los derechos del justiciable, sino de igual forma perjudican la imagen de los Tribunales de Justicia que han conocido del presente caso, los cuales no han restituido la situación jurídica que se denuncia como infringida y mella la credibilidad del orden público. 2) ´…y (conjunción copulativa se hayan desatendido o mal tramitado los recursos ordinarios o extraordinarios que los interesados hubieren ejercido´ (…) la defensa ha agotado la vía procesal, a través de los innumerables recursos tanto ordinarios, como extraordinarios. Asociado a la vulneración de los derechos antes invocados y de las escandalosas violaciones del ordenamiento jurídico, de igual forma en el presente caso han sido ´desatendidos´ (sic) y ´mal tramitados´ (sic) las pretensiones de la defensa a los efectos de procurar la restitución de la situación jurídica denunciada como infringida, en definitiva queda totalmente acreditado, el no cumplimiento por parte de los jueces a quo de las órdenes emanadas del superior jerárquico, lo que se entiende como un desamparo a las ordenes, emanadas de Tribunal Superior, perjudicando así a nuestro defendido y por ende a la defensa cometiéndose graves desordenes procesales. (…) en todas y cada una de las oportunidades procesales correspondientes, se ha requerido de los operadores de justicia que han conocido del presente caso, la declaratoria de nulidad absoluta, en virtud de los vicios procesales cometidos en perjuicio de nuestro defendido que afectan ostensiblemente la imagen del poder judicial, como principal garante y rector de la constitucionalidad en los procesos judiciales, todo lo cual ha sido metódicamente ´abandonado´. (…) la defensa técnica ha detectado como hallazgo jurídico las violaciones flagrantes Constitucionales, que se han cometido en contra de nuestro patrocinado (…) quedando plasmada las siguientes disposiciones: Del Texto Constitucional. Artículo[s] 7: (…). 26: (…). 51: (…). 44: (…). 49: (…). 253: (…). Del Texto Adjetivo Penal. Artículo[s]: 127 (…), 7 (…), 187: (…), 224: (…), 225: (…), 8: (…), 9: (…), 234: (…), 289: (…), 433: (…), 1: (…).

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento propuesta por las abogadas GLORIA MARISOL PÉREZ LAMEDA, y VANESSA DE JESÚS ROBLES VÉLIZ, en su carácter de Defensoras Privadas, en relación con la causa penal identificada con el alfanumérico GP11-P-2010-000924.

Palabras clave

avocamientocontrabandoderechos constitucionalesdue process

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