Sentencia N° 158 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de mayo de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 158, Exp. 14-102, 14/05/2014
Expediente14-102
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-05-14
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el abogado César Felipe Rivero, defensor del ciudadano Gerardo Giancarlos Falabella Scutaro, en relación a la decisión de la Corte de Apelaciones que revocó la medida cautelar sustitutiva de libertad y decretó la privación judicial preventiva de libertad por la presunta comisión del delito de contrabando de extracción en grado de complicidad. La Sala argumenta que la decisión de la Corte de Apelaciones no es susceptible de apelación, ya que se trata de una medida adoptada en la etapa de investigación que no finaliza el proceso ni impide su continuación.

Extracto de la motiva

La defensa del ciudadano GERARDO GIANCARLOS FALABELLA SCUTARO, planteó “el recurso de apelación”, en los términos siguientes: ‘…DE LA DENUNCIA De conformidad con lo establecido en el artículo 439 ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal, denunciamos la violación por parte de la Corte de Apelaciones del estado Portuguesa de los artículos 374 y Tercer Aparte del artículo 328 ejusdem…el referido artículo 374 ejusdem dispone lo siguiente… De lo transcrito ut supra, se evidencia que el delito de CONTRABANDO DE EXTRACCIÓN EN GRADO DE COMPLICIDAD, no está en el elenco de los delitos que admiten Apelación con Efecto Suspensivo es además de Inadmisible improcedente…porque si el Juez de Primera Instancia acuerda una medida cautelar sustitutiva, y el Ministerio Público anuncia Apelación con Efecto Suspensivo, pero la calificación jurídica otorgada por el Tribunal a los hechos imputados, no encuadra en el elenco del artículo 374 de la referida norma adjetiva y el delito no tiene asignada en su límite máximo pena privativa de libertad que exceda de 12 años. En el momento en el que el Juez de instancia deja en suspenso su decisión para tramitar contario imperio el recurso de apelación con efecto suspensivo, en ese mismo instante la privación de libertad se convierte en ilegítima.’

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación propuesto por el ciudadano abogado César Felipe Rivero, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano GERARDO GIANCARLOS FALABELLA SCUTARO. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

contrabandoapelaciónmedida cautelarinadmisibilidad

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