Sentencia N° 157 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de marzo de 2010
TSJ/SCP, Sent. N° 157, Exp. C10-009, 20/05/2010
ExpedienteC10-009
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-03-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La sentencia se origina de un recurso de casación interpuesto por la defensa de Modesto Ramón Sifontes, condenado por violación a dos menores. La Corte de Apelaciones había confirmado la condena, pero la defensa alegó inmotivación y errores en la valoración de pruebas. La Sala de Casación Penal, al revisar el caso, encontró que la Corte de Apelaciones no había motivado adecuadamente su decisión, lo que llevó a declarar con lugar el recurso de casación y anular el fallo anterior, ordenando la remisión del caso para un nuevo pronunciamiento.
Extracto de la motiva
La Defensa fundamenta el Recurso de Casación, de conformidad con lo establecido en los artículos 459, 460 y 462 del Código Orgánico Procesal Penal. Denuncia la violación de las disposiciones 175, 179 y 180 del Código Orgánico Procesal Penal, de las cuales transcribe su contenido y al respecto señala que si la Defensa no se encontraba presente en la audiencia para la constitución del Tribunal Mixto, en la cual se acordó que la causa fuera resuelta por un Tribunal Unipersonal ha debido notificársele y por cuanto no se le notificó debe considerarse nulo el mencionado acto. Señala que la Corte de Apelaciones no censuró el vicio cometido por el Tribunal de Primera Instancia, en el sentido de que éste se limitó a examinar individualmente las pruebas y no en conjunto. Alega la falta de comparación entre las pruebas, ya que lo narrado por la víctima se contrapone al resultado de los exámenes médicos, como sucede con la apreciación dada por el Tribunal de Instancia a la testimonial de (IDENTIDAD OMITIDA), relativa a que había sido violada en 2 oportunidades, la primera cuando estudiaba cuarto grado (8 o 9 años) y luego 4 años más tarde (en noviembre de 2003, habiendo transcurrido 2 o 3 meses) y el resultado del examen médico forense que concluye con “Desfloración reciente”.
Dispositiva
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, al examinar la resolución dada por la Corte de apelaciones, observa que ésta se limitó a señalar el contenido de las denuncias interpuestas en el recurso de apelación, asentando que lo decidido por el Tribunal Único de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro se encontraba ajustado a Derecho, y por lo tanto no le asistía la razón al recurrente, sin embargo no expone sus propias razones con las cuales considera que el Juez de Juicio había resuelto motivadamente. Es decir, la Corte de Apelaciones no indicó los motivos por los cuales confirmaba la decisión dictada por el Juzgador de Juicio.