Sentencia N° 157 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de mayo de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 157, Exp. C03-0448, 14/05/2004
ExpedienteC03-0448
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-05-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por Nancy González Moreno contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar su apelación. La Sala de Casación Penal revisó las denuncias presentadas, las cuales alegaban contradicciones y falta de aplicación de normas procesales. La Sala determinó que las pruebas no debatidas no podían ser apreciadas y que la decisión de la Corte de Apelaciones estaba ajustada a derecho.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: En la primera denuncia se alegó que la Corte de Apelaciones incurrió en una contradicción similar a la del Tribunal de Juicio; pero la recurrente no indicó expresamente en qué consistió la contradicción cometida por los jueces de la Corte de Apelaciones. Por otra parte, la impugnante, en la primera como en la tercera denuncias, hizo referencia a una prueba (documentos) que fue admitida por el Tribunal de Control pero no se debatió en el juicio oral. La Sala revisó el expediente y constató que el tribunal de primera instancia apreció los elementos probatorios que fueron debatidos en el juicio oral. También verificó en autos que en la audiencia pública celebrada ante la Corte de Apelaciones no se promovieron nuevas pruebas. Resulta de lo expuesto que las pruebas a las cuales se refiere la recurrente no fueron debatidas y por ello el Tribunal de Juicio ni la Corte de Apelaciones podían apreciarlas. Tampoco indicó la representante de la parte acusadora (en el escrito contentivo del recurso de casación) el contenido y la importancia “... de los medios de prueba (documento)...” que, a su juicio, no fueron examinados. En virtud de lo expuesto, la Sala Penal considera que lo procedente y ajustado a Derecho es desestimar por manifiestamente infundadas las presentes denuncias y según lo dispuesto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara desestimado por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la ciudadana NANCY GONZÁLEZ MORENO, contra la sentencia dictada el 30 de julio de 2003 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

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