Sentencia N° 156 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de mayo de 2023
TSJ/SCP, Sent. N° 156, Exp. E23-111, 04/05/2023
ExpedienteE23-111
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2023-05-04
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la solicitud de detención preventiva con fines de extradición de la ciudadana YURIBIS YARELIS REYES MÁRQUEZ, presentada por la República de Panamá. La decisión se fundamenta en que la solicitud fue intempestiva, ya que el Estado requirente no presentó la documentación necesaria dentro del lapso estipulado por la Convención Interamericana sobre Extradición y el Código Orgánico Procesal Penal. Además, se ordenó el archivo del expediente relacionado con esta solicitud.
Extracto de la motiva
Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: declara IMPROCEDENTE, la nueva solicitud de detención preventiva, con fines de extradición seguida a la ciudadana YURIBIS YARELIS REYES MÁRQUEZ, recibida el 27 de marzo de 2023, ante la Secretaría de esta Sala de Casación Penal, según oficio N° 983, de fecha 13 de febrero de 2023, emanado de la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, procedente de la República de Panamá, por intempestiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14, en relación con el artículo 11, de la Convención Interamericana sobre Extradición, adoptada en Caracas el 25 de febrero de 1981, ratificada por la República de Panamá en fecha 2 de enero de 1992 y por la República de Venezuela en fecha 9 de junio de 1982, publicada en Gaceta Oficial N° 2.955, Extraordinario, del 11 de mayo de 1982, en relación con los artículos 387 y 388 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
PRIMERO: declara IMPROCEDENTE, la nueva solicitud de detención preventiva, con fines de extradición seguida a la ciudadana YURIBIS YARELIS REYES MÁRQUEZ, recibida el 27 de marzo de 2023, ante la Secretaría de esta Sala de Casación Penal, según oficio N° 983, de fecha 13 de febrero de 2023, emanado de la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, procedente de la República de Panamá, por intempestiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14, en relación con el artículo 11, de la Convención Interamericana sobre Extradición.