Sentencia N° 156 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de abril de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 156, Exp. E13-80, 15/05/2013
ExpedienteE13-80
PonenteÚrsula María Mujica Colmenarez
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2013-04-30
DecisiónDesistida

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara desistida la solicitud de extradición del ciudadano FABIO DE JESÚS GÓMEZ MONSALVE, presentada por el Gobierno de la República de Colombia. La decisión se fundamenta en la falta de aprehensión del solicitado en territorio venezolano y en el desistimiento expreso del Gobierno colombiano de continuar con la solicitud de extradición. La Sala señala que no se han cumplido las exigencias del Código Orgánico Procesal Penal para proceder con la extradición.

Extracto de la motiva

La Sala considera prudente señalar el criterio que ha venido sosteniendo en anteriores jurisprudencias, para proseguir con el procedimiento de extradición, tal como lo establece el Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo pautado en el artículo 387 eiusdem, que se aprehenda al solicitado, de acuerdo con la solicitud hecha por el Ministerio Público al Tribunal de Control. Es entonces a partir de la aprehensión del solicitado que se fijará el término para la presentación de la documentación necesaria, así como para la realización de la audiencia pública a la cual concurrirán el representante del Ministerio Público, el imputado, su defensor y el representante del gobierno requirente. De manera que al no verificarse la aprehensión del ciudadano Colombiano FABIO DE JESÚS GÓMEZ MONSALVE, resulta imposible para la Sala cumplir con lo estipulado en el Código Adjetivo Penal, específicamente en cuanto al procedimiento de extradición pasiva, lo que impide resolver sobre la procedencia o no de la solicitud de extradición requerida por el Gobierno de Colombia.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA DESISTIDA LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano FABIO DE JESÚS GÓMEZ MONSALVE, nacido el 8 de diciembre de 1957 en la República de Colombia, titular de la Cédula de Ciudadanía de Colombia N° 3.587.529, en virtud de la cancelación de la orden de extradición por parte DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA.

Palabras clave

extradiciónderecho penalprocedimientoColombiaVenezuelaCódigo Orgánico Procesal Penal

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