Sentencia N° 155 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de marzo de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 155, Exp. E16-69, 31/03/2016
ExpedienteE16-69
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2016-03-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 112, declarando procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano Juan Carlos Shiumerini, requerido por la República Argentina por delitos de estafa y asociación para delinquir. La decisión se fundamenta en la existencia de reciprocidad entre Venezuela y Argentina, a pesar de la falta de un tratado de extradición entre ambos países.

Extracto de la motiva

(…) Conforme con lo dispuesto en la legislación que rige la materia, esta Sala de Casación Penal observa que la República Argentina y la República Bolivariana de Venezuela, el 20 de febrero de 1928, con motivo de la Sexta Conferencia Internacional Americana, celebrada en la ciudad de La Habana, suscribieron el Código de Derecho Internacional Privado, también denominado Código de Bustamante, en cuyo Libro Cuarto, Título Tercero (artículos 344 y siguientes), se establece todo lo relativo a la extradición. Dicho instrumento normativo fue aprobado por la República Bolivariana de Venezuela (Ley aprobatoria promulgada el 23 de diciembre de 1931, depositado el instrumento de ratificación el 12 de marzo de 1932) y la República Argentina. De lo anterior se evidencia que las disposiciones precedentemente citadas resultan plenamente aplicables al caso que nos ocupa, por ello, esta Sala resolverá conforme a ellas, (por ser leyes vigentes en la República), y a tenor de las prescripciones del Derecho Internacional y del Principio de Reciprocidad que consagra el derecho de igualdad y mutuo respeto entre los Estados y la posibilidad de brindarse y asegurarse un trato idéntico, en el cual el Estado requirente debe mantener en general una actitud de cooperación en materia de extradición (…)

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, ofrece a la República Argentina, reciprocidad en casos análogos, toda vez que por no existir Tratado de Extradición se resolvió la solicitud de extradición activa del ciudadano Juan Carlos Shiumerini, quien aparece identificado en autos con el pasaporte N° 46651440, de nacionalidad argentina, naturalizado norteamericano, de acuerdo a lo establecido en las normas de Derecho Internacional y en el Principio de Reciprocidad, tomando en cuenta para ello los diversos tratados de extradición suscritos por la República Bolivariana de Venezuela con otros países, los cuales son leyes vigentes en la República, aplicándolos de manera supletoria, siendo estos instrumentos internacionales el Código de Derecho Internacional Privado y la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, esta última firmada y ratificada por ambos Estados. De igual manera se le informa que esta Sala de Casación Penal, en casos análogos, ha decidido solicitudes de extradiciones activas y pasivas con la República Argentina, tomando en cuenta para ello el referido principio de reciprocidad.

Palabras clave

extradiciónreciprocidaddelitosestafaasociación para delinquir

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca