Sentencia N° 155 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de mayo de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 155, Exp. CC13-441, 14/05/2014
ExpedienteCC13-441
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2014-05-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre dos tribunales de ejecución en relación a la medida de libertad asistida impuesta a Edmir Manuel Beltrán Salcedo. Se determinó que el tribunal competente para la ejecución de la sanción es el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, dado que el joven se encuentra procesado por delitos cometidos como adulto en esa jurisdicción. La decisión se fundamenta en el principio de unidad del proceso y la prohibición de seguir diversos procesos por la comisión de diferentes delitos. La Sala enfatiza que, al haber sido condenado por un tribunal ordinario por un delito cometido como adulto, corresponde a este tribunal la ejecución de la sanción de libertad asistida impuesta cuando era adolescente. Finalmente, se ordena remitir copia certificada de la decisión al tribunal de Zulia y se establece que la ejecución de la sanción debe realizarse conforme a lo expuesto en la decisión, garantizando así el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, resolver el conflicto de no conocer planteado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, ambos de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, con ocasión a la ejecución de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, que impuso al adolescente EDMIR MANUEL BELTRÁN SALCEDO, el cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida, por el lapso de un (1) año, por la comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo Automotor Proveniente de un Robo. En el conflicto bajo examen, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, declinó la competencia para la ejecución de la sanción impuesta al joven EDMIR MANUEL BELTRÁN SALCEDO, con el argumento de que “el mismo actualmente está siendo procesado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, Lesiones Leves y Porte Ilícito de Armas, en virtud de lo cual se le dictó medida preventiva de libertad”. Por su parte, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, planteó el conflicto de no conocer, indicando que se debe tomar en cuenta el domicilio del ciudadano sancionado para establecer cuál es el tribunal competente para el cumplimiento de la medida impuesta, por lo que consideró que el tribunal competente sería un Tribunal de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Trujillo, por encontrarse en esa entidad federal el domicilio del joven adulto.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expresadas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara competente al Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, para la aplicación de la sanción de Libertad Asistida impuesta al joven EDMIR MANUEL BELTRÁN SALCEDO, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en fecha 5 de diciembre de 2012, en los términos expuestos en la presente decisión.

Palabras clave

conflicto de competencialibertad asistidaEdmir Manuel Beltrán Salcedotribunal de ejecuciónjurisdicción penal

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