Sentencia N° 155 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de mayo de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 155, Exp. C05-0109, 03/05/2005
ExpedienteC05-0109
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de HERNÁN JOSÉ ROJAS ESCALONA, quien fue condenado por el delito de Uso o Aprovechamiento de Acto Público Falso. La Sala considera que las denuncias presentadas no cumplen con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, y que la sentencia de la Corte de Apelaciones fue ajustada a derecho.
Extracto de la motiva
El artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que: “El recurso de casación sólo podrá ser interpuesto en contra de las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público, haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de pena inferiores a las señaladas... Asimismo, serán impugnables las decisiones de las Cortes de Apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aún cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o en un nuevo juicio verificado con motivo de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que haya anulado la sentencia del juicio anterior.”.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, desestima por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por el defensor del acusado HERNÁN JOSÉ ROJAS ESCALONA. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
uso de acto público falsocasación penaldelito continuadoCódigo Penalderecho a la defensamotivación de la sentenciaapelaciónCorte de Apelaciones