Sentencia N° 153 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de mayo de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 153, Exp. E20-98, 25/05/2022
ExpedienteE20-98
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2022-05-25
DecisiónMantiene la medida de privación judicial de libertad

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 168, manteniendo la medida de privación judicial de libertad contra ALEXANDER EDUARDO MARTÍNEZ LÓPEZ, requerido por el Estado peruano por delitos de evasión de una dependencia policial y robo a mano armada. Se ordenó la realización de la audiencia de imputación en un plazo de 48 horas, así como la continuación de las investigaciones por parte del Ministerio Público. La decisión se fundamenta en la existencia de causas penales en contra del mencionado ciudadano y la necesidad de garantizar el debido proceso.

Extracto de la motiva

motivaren, y de la fecha de su perpetración, así como las declaraciones u otras pruebas en virtud de las cuales se hubiere dictado dicho auto, caso de que el fugitivo solo estuviese procesado. Estos documentos se presentarán en originales o en copia, debidamente autenticada, y a ellos se agregará una copia del texto de la ley aplicable al caso, y en cuanto sea posible, las señas de la persona reclamada. La extradición de los prófugos, en virtud de las estipulaciones en el presente tratado, o se verificará de conformidad con las leyes de extradición del Estado al cual se haga la demanda. En ningún caso tendrá efecto la extradición si el hecho similar no es punible por la ley de la nación requerida. Artículo 9º Se efectuará la detención provisional del prófugo si se produce la vía diplomática un mandato de detención mandado por el Tribunal competente. Igualmente se verificará la detención provisional, si media un aviso transmitido aún por telégrafo por vía diplomática al Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado requerido de que existe un mandato de detención. En caso de urgencia, principalmente cuando se tema la fuga del reo, la detención provisional solicitada directamente por un funcionario judicial, puede ser acordada por una autoridad de policía o por un Juez de Instrucción del lugar donde se encuentra

Dispositiva

PRIMERO: MANTIENE la medida de privación judicial de libertad decretada contra el ciudadano ALEXANDER EDUARDO MARTÍNEZ LÓPEZ, de nacionalidad venezolana, quien aparece identificado en el expediente con la cédula número V- 27.040.052, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, extensión Los Teques, y ORDENA que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación efectiva de la representación fiscal, se lleve a cabo la audiencia de imputación, en relación a las causas penales que pesan contra el prenombrado ciudadano, en aras del debido proceso y la tutela judicial efectiva, a tenor de lo previsto en los artículos 49 y 26, ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Palabras clave

extradiciónroboevasiónjusticiapenal

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