Sentencia N° 153 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de noviembre de 2021

TSJ/SCP, Sent. N° 153, Exp. E21-45, 10/11/2021
ExpedienteE21-45
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2021-11-10
DecisiónProcedente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela declara procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano ecuatoriano Antonio Pascual Alonzo España, requerido por la República del Ecuador por la presunta comisión del delito de tentativa de asesinato. Se establece que la extradición está supeditada a que el requerido sea juzgado únicamente por el delito mencionado y que se le tomará en cuenta el tiempo que ha permanecido detenido en Venezuela durante el proceso de extradición. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos legales y la verificación de la no prescripción de la acción penal en ambos países.

Extracto de la motiva

La extradición está supeditada al compromiso por parte de la República del Ecuador que al ciudadano ANTONIO PASCUAL ALONZO ESPAÑA, se le seguirá proceso únicamente por el delito de “TENTATIVA DE ASESINATO”, previsto y sancionado en el artículo 450 en concordancia con los artículos 16 y 46 todos del Código Penal ecuatoriano, y en caso de ser emitido un fallo condenatorio en su contra, para el cumplimiento de la condena se le tomará en cuenta el tiempo que ha permanecido detenido en este Estado en atención al presente trámite de extradición, y no se le impondrán penas adicionales, ni de muerte, infamantes, trabajos forzosos, ni cadena perpetua, en atención a lo consagrado en los artículos 43, 44, numerales 3, y 46, numerales 1 y 2, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

PRIMERO: PROCEDENTE la extradición pasiva formulada por la República del Ecuador del ciudadano ANTONIO PASCUAL ALONZO ESPAÑA, de nacionalidad ecuatoriana, identificado en autos con la cédula de identidad venezolana para extranjeros E-81.866.807, y número de identificación de la República del Ecuador 1302568389, para ser sometido a un proceso penal por la comisión del delito de “TENTATIVA DE ASESINATO”, previsto y sancionado en el artículo 450 en concordancia con los artículos 16 y 46 todos del Código Penal ecuatoriano. SEGUNDO: LA EXTRADICIÓN ESTÁ SUPEDITADA al compromiso por parte de la República del Ecuador que al ciudadano ANTONIO PASCUAL ALONZO ESPAÑA, se le seguirá proceso únicamente por el delito de “TENTATIVA DE ASESINATO”...

Palabras clave

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