Sentencia N° 151 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de marzo de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 151, Exp. 08-0101, 25/03/2008
Expediente08-0101
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAntejuicio de mérito
Fecha de la decisión2008-03-25
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se declara incompetente para conocer del antejuicio de mérito solicitado contra el ciudadano TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ LUZARDO, quien es Diputado de la Asamblea Nacional. La decisión se fundamenta en la inmunidad parlamentaria que le asiste, de acuerdo con el artículo 200 de la Constitución Nacional. La Sala declina la competencia a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia para que se pronuncie sobre el caso.

Extracto de la motiva

Las disposiciones constitucionales y legales venezolanas antes transcritas, consagran el antejuicio de mérito contra los altos funcionarios, como un procedimiento especial y garante de la función pública; lo cual es aplicable en el caso de autos, en razón de que el ciudadano TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ LUZARDO, es Diputado Suplente de la Asamblea Nacional por el estado Zulia. En tal sentido, la Sala Plena, en sentencia Nº 48, del 21 de noviembre de 2001, expresó que: '…el conocimiento de las solicitudes de antejuicio de mérito contra las Altas Autoridades Nacionales corresponde a la Sala Plena de este Alto Tribunal; esto en razón de que tal prerrogativa procesal constituye un medio de protección de la función pública, cuyo ejercicio expone al funcionario protegido a acusaciones infundadas y temerarias intentables por error o mala fe…'. De lo antes expuesto se evidencia, que corresponde conocer de la presente causa a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de antejuicio de mérito del ciudadano TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ LUZARDO, Diputado de la Asamblea Nacional por el estado Zulia y DECLINA LA COMPETENCIA en la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Así se declara.

Palabras clave

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