Sentencia N° 150 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de abril de 2010
TSJ/SCP, Sent. N° 150, Exp. A09-464, 18/05/2010
ExpedienteA09-464
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2010-04-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Roberto Taricani Lozada, defensor de Freddy Giovanny Roa y Karina del Valle Reyes Jaimes, en relación con una causa penal por delitos de transporte ilícito de sustancias estupefacientes y asociación para delinquir. La Sala declaró sin lugar la solicitud, argumentando que no se demostraron violaciones graves al debido proceso que justificaran la intervención del máximo Tribunal.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal reitera el criterio sostenido por la Sala Constitucional de este máximo Tribunal, en el sentido de: “que los hechos objeto de la causa penal -cuyo avocamiento se solicitó- están siendo examinados en un proceso ordinario donde se presume el respeto y apego a los derechos constitucionales –entre ellos, el derecho a la doble instancia- por lo que el empleo inmoderado de la institución del avocamiento alteraría el orden procesal venezolano…”.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, dicta los pronunciamientos siguientes: 1) Sin Lugar la solicitud de avocamiento presentada por la defensa de los ciudadanos Freddy Giovanny Roa y Karina del Valle Reyes Jaimes. 2) Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Ofíciese lo conducente.