Sentencia N° 15 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de febrero de 2019
TSJ/SCP, Sent. N° 015, Exp. C19-7, 18/02/2019
ExpedienteC19-7
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2019-02-18
DecisiónDESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación interpuesto por el abogado Carlos Alberto García Guevara, defensor de Judith del Carmen Primera Primera, contra la decisión de la Sala Ocho de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación. La sentencia de la Corte de Apelaciones había confirmado la condena de veinticinco años de prisión por homicidio calificado por medio de veneno. La Sala de Casación consideró que las denuncias presentadas no cumplían con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, resultando infundadas las alegaciones de falta de motivación y aplicación de la ley.
Extracto de la motiva
No quedando duda alguna para esta juzgadora, que el ciudadano que en vida respondiera al nombre de VICENTE RAFAEL NARVÁEZ SALGADO, muere a consecuencia del órgano fosforado insecticida, que le fue suministrado por la ciudadana JUDITH DEL CARMEN PRIMERA PRIMERA, por falta de oxigenación debido a una restricción de la llegada del oxigeno (sic) por sus vasos sanguíneos en este caso por la obstrucción, que es presentada en hígado y pulmón que no se corresponden con infarto sino producto de órganos fosforados, lo cual produjo como consecuencia infarto al miocardio (...)
Dispositiva
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Carlos Alberto García Guevara, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 16.747, en su carácter de defensor judicial de la ciudadana JUDITH DEL CARMEN PRIMERA PRIMERA, titular de la cédula de identidad V-12.687.689, contra la decisión publicada en fecha 30 de agosto de 2018, por la Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Tribunal Vigésimo Octavo de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y CONDENÓ a la ciudadana anteriormente referida, a cumplir la pena de “VEINTICINCO AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MEDIO DE VENENO, previsto y sancionado en el artículo 408, numeral 1, en relación con el artículo 77 numerales 1 y 5, ambos del Código Penal vigente para la fecha de los hechos.