Sentencia N° 149 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de mayo de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 149, Exp. C04-0457, 03/05/2005
ExpedienteC04-0457
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-03
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de los ciudadanos ÁLVARO BETANCOURT y JOSÉ TITO ESCALANTE MORALES, quienes habían sido condenados por el delito de robo agravado. La Corte de Apelaciones había confirmado la decisión de primera instancia, lo que motivó la apelación. La Sala argumenta que el recurrente no cumplió con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la interposición del recurso, lo que lleva a la desestimación del mismo.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, hace constar que el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal indica: “Artículo 462. Interposición. El recurso de casación será interpuesto ante la Corte de Apelaciones, dentro del plazo de quince días después de publicada la sentencia, salvo que el imputado se encontrare privado de su libertad, caso en el cual este plazo comenzará a correr a partir de la fecha de su notificación personal, previo traslado. Se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación, o por errónea interpretación, expresando de que modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios. Fuera de esta oportunidad no podrá aducirse otro motivo”. El recurrente no cumplió con las exigencias del recurso de casación expresadas en el artículo transcrito porque no señaló la disposición legal infringida por falta de aplicación, indebida aplicación o por errónea interpretación. Ni mucho menos señaló los motivos de la supuesta violación de ley, que harían procedente una eventual casación.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la Defensa de los ciudadanos acusados ÁLVARO BETANCOURT y JOSÉ TITO ESCALANTE MORALES, contra la sentencia del 27 de julio de 2004 dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida.

Palabras clave

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