Sentencia N° 148 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de abril de 2023
TSJ/SCP, Sent. N° 148, Exp. E23-121, 27/04/2023
ExpedienteE23-121
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion Activa
Fecha de la decisión2023-04-27
DecisiónProcedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano ELVIS ALEXANDER IBARRA HOLGUIN, requerido por la presunta comisión de homicidio intencional calificado y agavillamiento. Se establece que el procedimiento se ajusta a la legislación nacional e internacional, y se garantiza que el ciudadano será juzgado en Venezuela con todas las garantías constitucionales y procesales. La decisión se fundamenta en la existencia de un acuerdo de extradición entre Venezuela y Ecuador, así como en el cumplimiento de los requisitos legales para la extradición.
Extracto de la motiva
motivado a los múltiples y fundados elementos de convicción que cursan en autos, así como también la intención de obstaculizar las investigaciones, evacuación de los medios probatorios y/o de abandonar al país, como en efecto sucedió, como medio de evadir la acción del Estado y de la Justicia en el presente caso, el Ministerio Público considera procedente y ajustado a derecho solicitar el trámite para su extradición. III PETITORIO Con fuerza de todos los argumentos de hecho y de derecho explanados anteriormente, solicitamos muy respetuosamente a ese Juzgado INICIE DE MANERA INMEDIATA, el procedimiento de extradición a fin de trasladar y poner a la orden de la Justicia Venezolana al ciudadano IBARRA HOLGUIN ELVIS ALEXANDER, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 22-09-1990, de 32 años de edad, titular de la cédula de Identidad V-19.512.320 quien se encuentra en Quito República de Ecuador, y requerido por ese Juzgado de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, según Orden de Aprehensión 033-17 librada en techa 22 de noviembre de 2017, con ocasión de la solicitud de Privación Judicial Preventiva de Libertad elevada ante ese Despacho Jurisdiccional por el Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 383 del Código Orgánico P
Dispositiva
PRIMERO: Declara PROCEDENTE solicitar a la República del Ecuador, la EXTRADICIÓN ACTIVA del ciudadano ELVIS ALEXANDER IBARRA HOLGUIN, quien aparece identificado en el expediente con la cédula de identidad venezolana V- 19.512.320, para su enjuiciamiento penal en territorio venezolano. SEGUNDO: ASUME el firme compromiso ante la República del Ecuador, que el mencionado ciudadano será juzgado en la República Bolivariana de Venezuela, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EJECUTADO CON ALEVOSÍA y POR MOTIVOS FÚTILES y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 405 y 406 numerales 1 y 2, en relación con el artículo 83 y 286, respectivamente, todos del Código Penal, con las debidas seguridades y garantías constitucionales y procesales penales.