Sentencia N° 146 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de abril de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 146, Exp. C01-0552, 10/04/2003
ExpedienteC01-0552
PonenteBELTRÁN HADDAD
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-04-10
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado el recurso de casación
Resumen
La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por la Fiscal Tercera del Ministerio Público contra un fallo que sobreseyó una causa por prescripción de la acción penal. La Sala de Casación Penal desestima el recurso, argumentando que la impugnante no citó las disposiciones legales pertinentes y que el tribunal de apelaciones actuó conforme a derecho al confirmar el sobreseimiento. La Sala concluye que no hubo culpa del reo en la prolongación del juicio, lo que permitió la prescripción de la acción penal.
Extracto de la motiva
La impugnante omitió citar la disposición legal en la que apoyó su denuncia y precisar el motivo que hacía procedente la casación del fallo recurrido. Por otra parte, la representante del Ministerio Público refiere una serie de irregularidades cometidas por el tribunal de juicio con ocasión de la citación de los expertos y testigos que no comparecieron al debate oral y público, impugnando así la sentencia dictada por el tribunal de primera instancia, cuando el recurso de casación se interpuso contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Y finalmente, le atribuyó a la Corte de Apelaciones la falta de análisis y comparación de las pruebas que -a su juicio- favorecen al imputado, pese a que a dicha instancia judicial únicamente le corresponde la resolución del recurso de apelación.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por la Fiscal Tercera del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Así se decide. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
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