Sentencia N° 145 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de marzo de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 145, Exp. A14-366, 26/03/2015
ExpedienteA14-366
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2015-03-26
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado JOSÉ JOEL GÓMEZ CORDERO en representación de RAMIRO JAVIER NIEVES ALARCÓN. La decisión se basa en la falta de cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, específicamente en relación a la legitimidad del solicitante y la identificación clara de la causa penal en cuestión. La Sala enfatiza la necesidad de que el avocamiento se ejerza con prudencia y solo en casos de graves desordenes procesales o violaciones al ordenamiento jurídico.
Extracto de la motiva
La solicitud de avocamiento presentada por el ciudadano JOSÉ JOEL GÓMEZ CORDERO, quien se identifica como defensor del ciudadano RAMIRO JAVIER NIEVES ALARCÓN, es INADMISIBLE al no cumplirse con los requisitos de admisibilidad del avocamiento. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento presentada por el ciudadano JOSÉ JOEL GÓMEZ CORDERO, quien se identifica como defensor del ciudadano RAMIRO JAVIER NIEVES ALARCÓN. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.