Sentencia N° 144 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de abril de 2025
TSJ/SCP, Sent. N° 144, Exp. E25-173, 03/04/2025
ExpedienteE25-173
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2025-04-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano DERWIN ISAÍAS CHÁVEZ MORA, requerido por la presunta comisión de delitos graves como tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, asociación agravada, tráfico de armas y financiamiento al terrorismo. Se establece que los delitos son imprescriptibles y que se cumplen los requisitos legales para la extradición, incluyendo el principio de doble incriminación y la no consideración de los delitos como políticos.
Extracto de la motiva
motivado, la ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra del ciudadano DERWIN ISAÍAS CHÁVEZ MORA, de nacionalidad venezolana, identificado con la cédula de IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 11 de 38 identidad número V-17.051.914, por considerar que se encuentra comprometida su responsabilidad penal, en la comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley de Drogas, ASOCIACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 37, en relación con el artículo 29,numeral 9, ambos, de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, TRÁFICO DE ARMAS Y MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 38 eiusdem, y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, previsto y sancionado en el artículo 53, ibídem. En fecha 21 de febrero de 2025, la Fiscalía Sexagésima Novena del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, solicitó al Juzgado Especial Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control con competencia en casos vinculados con delitos asociados al Terrorismo con Jurisdicción a Nivel Nacional, el inicio del procedimiento de extradición activa del ciudadano DERWIN ISAÍAS CHÁVEZ MORA, ello conforme con lo establecido en el artículo 383, del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que tuvo conocimiento que el referido ciudadano se encuentra detenido en la República de Colombia. En fecha 24 de febrero de 2024, el Juzgado Especial Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control con competencia en casos vinculados con delitos asociados al Terrorismo con Jurisdicción a Nivel Nacional, con ocasión a la solicitud presentada por la Fiscalía Sexagésima Novena del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, acordó el inicio del procedimiento de extradición activa del ciudadano DERWIN ISAÍAS CHÁVEZ MORA, de conformidad con lo previsto en el artículo 383 del Código Orgánico Procesal Penal, en los términos siguientes: “…ÚNICO:
Dispositiva
Se declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano DERWIN ISAÍAS CHÁVEZ MORA, de nacionalidad venezolana, identificado con la cédula de identidad número V-17.051.914, a la República de Colombia, para ser juzgado en la República Bolivariana de Venezuela, por la presunta comisión de los delitos tipificados como TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, ASOCIACIÓN AGRAVADA, TRÁFICO DE ARMAS Y MUNICIONES, y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO.