Sentencia N° 144 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de mayo de 2022
TSJ/SCP, Sent. N° 144, Exp. C22-97, 06/05/2022
ExpedienteC22-97
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-05-06
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de mayo de 2022, desestimó el recurso de casación interpuesto por la abogada Elieen Morón, en representación de LEONARDO JOSÉ RIVAS SUÁREZ, quien había sido condenado a once años y ocho meses de prisión por abuso sexual a adolescente. La decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación fue confirmada, al no encontrarse llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la admisión del recurso de casación.
Extracto de la motiva
La obligación de motivar constituye una garantía contra el atropello y el abuso, precisamente porque, a través de aquella, es posible la distinción entre lo que es una imposición arbitraria de una decisión y lo que es una sentencia imparcial. Ciudadanos Magistrados de la Sala de Casación Penal, examinado el fallo recurrido dictado por la Corte de Apelaciones de la Región Centro Occidental, se observa que efectivamente existe Falta de Motivación por parte de dicha Instancia de Alzada para pronunciarse de los argumentos esgrimidos por esta Defensa en el Recurso de la Apelación de Sentencia Definitiva, pues la Sentencia de la Corte de Apelaciones PRÁCTICAMENTE SE LIMITÓ ESENCIALMENTE A SEÑALAR Y TRANSCRIBIR FRAGMENTOS DE LA SENTENCIA RECURRIDA Y DE SENTENCIAS DE ESE MÁXIMO TRIBUNAL DE LA REPÚBLICA. En efecto, en la Sentencia de la Corte de Apelaciones Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental no aparece constancia de que dicha instancia judicial de Alzada, haya Motivado ni realizado el debido análisis acerca de los artículos y sentencias a las cuales hizo referencia. LA RECURRIDA CORTE DE APELACIONES Centro Occidental INOBSERVÓ EL CONTENIDO DEL ARTÍCULO 157 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL (MOTIVACIÓN DE LA SENTENCIA), efectuada por esta Defensa en el Recurso de Apelación de Sentencia Definitiva, y SÓLO SE LIMITÓ A EMITIR UN RESTRINGIDO PRONUNCIAMIENTO, el cual de manera textual se transcribe: ‘...En este punto es importante destacar el alegato del recurrente en relación a que la juzgadora le dio valor probatorio, alega la recurrente que se incurrió en violación de ley por inobservancia o errónea aplicación de una norma jurídica específicamente a lo establecido en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia materializada al momento del cambio de calificación basándose en una supuesta amenaza que no fue verificada con otro medio de prueba, haciendo mención además que en lo que respecta a la edad de la víctima, no existe una prueba fehaciente que corrobore la misma toda vez que la incorporación de la partida de nacimiento fue prescindida por el tribunal a petición del Ministerio Público. por lo que como consecuencia de esta omisión SE OBTUVO UN REAL QUEBRANTAMIENTO DE LOS PRINCIPIOS DE LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, EL HONESTO PROCESO, Y EL DERECHO A LA DEFENSA, contenidos en la Carta Magna, que versa sobre los Derechos Humanos y Garantías y de los Deberes Constitucionales…”.
Dispositiva
Desestima por manifiestamente infundado el Recurso de Casación presentado por la abogada Elieen Morón, en su carácter de defensora privada del ciudadano LEONARDO JOSÉ RIVAS SUÁREZ, en contra de la decisión emitida el 7 de diciembre de 2021.