Sentencia N° 143 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de mayo de 2018
TSJ/SCP, Sent. N° 143, Exp. E16-402, 30/05/2018
ExpedienteE16-402
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2018-05-03
DecisiónProcedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia aclara la sentencia núm. 128 del 3 de mayo de 2018, en la que se ordenó la búsqueda del ciudadano Francisco Jaime Moreno Briñez, aclarando que la búsqueda debe recaer sobre la persona que usurpó su identidad, no sobre él mismo. Se establece que la experticia antropométrica determinó que el ciudadano mencionado no es la persona solicitada en extradición por la República del Perú por el delito de Tráfico de Drogas. La decisión busca evitar confusiones que puedan llevar a la detención del ciudadano equivocado.
Extracto de la motiva
Ahora bien, esta Sala de Casación Penal, al percatarse de la experticia antropométrica de comparación de caracteres morfológicos con fines comparativos, realizada por expertos de la Coordinación Nacional de Antropología Forense, adscritos al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, mediante la cual se determinó de manera científica y certera al contrastarse con la documentación remitida por las autoridades peruanas, que las características antropométricas del ciudadano de nacionalidad venezolana Francisco Jaime Moreno Briñez, identificado con la cédula de identidad V.- 1.645.717, ‘…NO CORRESPONDE A LA MISMA PERSONA’ que es solicitada en extradición por la República del Perú, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Drogas. Lo anterior ineluctablemente, por la aplicación de los más elementales principios lógicos conlleva a concluir que la persona solicitada en extradición por las autoridades de la República del Perú, por la presunta comisión de un hecho antijurídico que atenta contra la salud pública (Tráfico de Drogas), no es el ciudadano venezolano Francisco Jaime Moreno Briñez, por lo cual es razonable colegir que en el presente caso se presume le fue usurpada la identidad al referido ciudadano, tal parece con el objeto de eludir las labores investigativas de las autoridades de la República del Perú…
Dispositiva
PRIMERO: Declara PROCEDENTE la pretensión de aclaratoria de la sentencia núm. 128 dictada por la Sala de Casación Penal el 3 de mayo de 2018. SEGUNDO: QUEDA ACLARADA la sentencia núm. 128 del 3 de mayo de 2018, en el sentido que la persona sobre la cual deberá recaer la búsqueda y localización se trata de una persona distinta al ciudadano Francisco Jaime Moreno Briñez. TERCERO: ORDENA oficiar al Ministerio Público para que gire las instrucciones pertinentes para examinar la factibilidad del inicio de una investigación penal.
Palabras clave
extradiciónusurpación de identidadtráfico de drogasexperticiasalud públicajusticia penal