Sentencia N° 143 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de mayo de 2010
TSJ/SCP, Sent. N° 143, Exp. R10-069, 14/05/2010
ExpedienteR10-069
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicación
Fecha de la decisión2010-05-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación del juicio seguido contra JESÚS RAFAEL MORILLO LEÓN, imputado por los delitos de Sicariato y Asociación para Delinquir. La defensa argumentó que la gravedad del caso, debido a la condición de la víctima como Fiscal del Ministerio Público, generó alarma social y dudas sobre la imparcialidad de los operadores de justicia en el Estado Falcón. La Sala consideró procedente la solicitud y ordenó la radicación del juicio al Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo para garantizar la imparcialidad y la tutela judicial efectiva.
Extracto de la motiva
La radicación, debido a su naturaleza jurídica, instaura una excepción al principio de competencia territorial, establecida en el artículo 57 del Código Orgánico Procesal Penal y debido a esta excepcionalidad deben cumplirse los referidos supuestos establecidos en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal, con la finalidad de mantener una sana y recta administración de justicia, que garantice a las partes la imparcialidad del juzgador y el buen desenvolvimiento del juicio. En el presente caso, la defensa fundamentó su solicitud en la gravedad de los hechos atribuidos al acusado, a quien el Ministerio Público formuló acusación por los delitos de Sicariato y Asociación para Delinquir, por la muerte del abogado CARLOS ENRIQUE LUGO MÉNDEZ, quien se desempeñaba como Fiscal Séptimo del Ministerio Público con competencia en Droga y Salvaguarda del Patrimonio Público, en la ciudad de Coro, Estado Falcón, hecho acaecido cuando el nombrado ciudadano se encontraba dentro de su vehículo y un sujeto que ocupaba la parte de atrás de una moto que era conducida por otro individuo, le efectuó varios disparos.
Dispositiva
1) Declara con lugar la solicitud de radicación interpuesta por el abogado EDER JOEL HERNÁNDEZ, en su carácter de su carácter de defensor público del acusado JESÚS RAFAEL MORILLO LEÓN. 2) Ordena radicar el juicio seguido en contra del acusado JESÚS RAFAEL MORILLO LEÓN, por los delitos de Sicariato y Asociación para Delinquir, previstos en los artículos 12 y 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, en el Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. 3) Asimismo, se ordena remitir el expediente y sus anexos al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, para su correspondiente distribución.
Palabras clave
radicaciónSicariatoAsociación para Delinquiralarma socialimparcialidad