Sentencia N° 142 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de abril de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 142, Exp. C05-0357, 20/04/2006
ExpedienteC05-0357
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-04-20
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Carlos Javier Rojas Gamarra, quien fue condenado a ocho años de prisión por robo agravado. La defensa interpuso un recurso de casación argumentando violaciones a la ley en la interpretación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. La Sala de Casación Penal del TSJ, presidida por el Magistrado Aponte, decidió que la interpretación de la Corte de Apelaciones fue correcta, reafirmando que la admisión de los hechos no constituye un beneficio para el imputado en delitos violentos como el robo agravado.
Extracto de la motiva
El artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, establece un término de rebaja de la pena en los casos que se admitan los hechos y esa rebaja estará condicionada para los delitos donde haya habido violencia contra las personas, contra el patrimonio público o los tipificados en la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Es decir, la rebaja se hará desde un tercio a la mitad de la pena que debe imponerse, si no son los supuestos nombrados anteriormente, y en caso que así sea, la rebaja sólo podrá hacerse hasta un tercio de la pena aplicable. Éstas rebajas las realizará el juez en atención al bien jurídico infringido y el daño social causado.
Dispositiva
Por lo antes expuesto, lo ajustado a derecho es declarar SIN LUGAR el recurso de casación propuesto, ya que el fallo de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, no violó, por errónea interpretación, el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Palabras clave
robo agravadocasaciónadmisión de hechosviolenciapenaCódigo Orgánico Procesal Penalderechos humanos