Sentencia N° 142 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de mayo de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 142, Exp. 03-0164, 03/05/2005
Expediente03-0164
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-05-03
DecisiónDeja sin efecto

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de mayo de 2005, dejó sin efecto la extradición acordada el 14 de agosto de 1996 respecto a varios ciudadanos, tras la anulación de una sentencia anterior por la Sala Constitucional. Esta última había declarado firme la sentencia absolutoria de 11 de julio de 2001, lo que impide la nueva persecución penal por los mismos hechos, en cumplimiento del principio non bis in idem. La decisión se fundamenta en la protección del debido proceso y la autoridad de cosa juzgada.

Extracto de la motiva

En estas circunstancias, se debe concluir que la máxima instancia penal del país obvió, igualmente, su deber constitucional de garantizar la efectiva vigencia del derecho fundamental al debido proceso y, consiguientemente, del de la tutela judicial efectiva, desarrollados, respectivamente, en los artículos 49 y 26 de la Constitución. Por otra parte, con su preseñalada extralimitación, la Sala de Casación Penal actuó fuera del marco de su competencia y, en consecuencia, se apartó de la condición de juez natural; así, obvió la garantía fundamental que contiene el artículo 49.4 de la Constitución. Así se declara.

Dispositiva

DEJA SIN EFECTO la extradición acordada el 14 de agosto de 1996 por la Sala Penal de la extinta Corte Suprema de Justicia, respecto a los ciudadanos GIACOMO LEÓN ROCHELLE, ELOY ALFREDO MONTENEGRO SALOM, RICARDO CISNEROS RENDILES y GUSTAVO ADOLFO GÓMEZ LÓPEZ.

Palabras clave

extradiciónrevisión constitucionaldebido procesocosa juzgadaprincipio non bis in idemsentencia absolutoriaSala PenalCorte Suprema de Justicia

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