Sentencia N° 141 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de febrero de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 141, Exp. C07-0051, 12/04/2007
ExpedienteC07-0051
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-02-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de JOEL LADISLAO TOVAR PÉREZ, confirmando la sentencia del Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia que lo condenó por homicidio intencional simple y lesiones personales graves. La Sala argumenta que la decisión de la Corte de Apelaciones está debidamente motivada y que no se evidencia inmotivación en el fallo recurrido. Se destaca que el análisis y valoración de las pruebas fueron realizados conforme a la ley.

Extracto de la motiva

El impugnante, en la presente denuncia, alega que la recurrida no estableció el porqué la sentencia del Juzgado de Juicio no es inmotivada, pues, en su criterio ‘...resulta obvió que la recurrida sí infringió lo estatuido en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal...’. Al respecto, señala el recurrente, en su escrito de apelación, lo siguiente: ‘...No se evidencia que se cumplan con los requisitos exigidos en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal. En este caso en concreto observamos que el recurrido en el capítulo de la determinación de los hechos que se encuentran acreditados por el Tribunal, se limitó a transcribir de manera exacta, extensiva y clara los hechos ocurridos durante el juicio oral y público, y realizar un somero análisis de las mismas, pero obvió el mandato expreso del legislador, el cual de manera clara, exige el relato de los hechos que se estimó acreditado, lo que evidentemente es violatorio al derecho constitucional a la defensa y al debido proceso, como a la tutela judicial efectiva de acuerdo a las previsiones establecidas en los artículos 49 y 26 respectivamente de la Constitución... (Omissis)... El Tribunal tenía la obligación de llegar a determinar el accionar que mi defendido realizó y, que lo realizara de acuerdo a las previsiones legales establecidas, ya que no basta que el recurrido utilizando el sistema de la Sana Crítica, esté convencido de que mi defendido sea culpable del hecho atribuido sino que debe convencer y demostrar a las demás partes que su fallo es el correcto, mediante las previsiones establecidas en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal... (Omissis)... Incurrió el recurrido en indeterminación fáctica al no relatar con sus propias palabras el hecho típico realizado por mi defendido que consideró acreditado como consecuencia del juicio oral y público, lo cual se traduce en un error sustancial en la elaboración de la sentencia... (Omissis)...

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el defensor del ciudadano JOEL LADISLAO TOVAR PÉREZ. Así se decide.

Palabras clave

homicidio intencionallesiones personalesrecurso de casaciónmotivación de sentenciasderecho a la defensadebido procesoCódigo Orgánico Procesal Penal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca