Sentencia N° 14 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de febrero de 2023

TSJ/SCP, Sent. N° 014, Exp. C22-375, 17/02/2023
ExpedienteC22-375
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2023-02-17
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado el Recurso de Casación presentado.

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado Ernesto García en representación de YASLETH JOSEFINA RÁNGEL HERNÁNDEZ, condenada por extorsión y agavillamiento. La decisión de la Corte de Apelaciones, que había declarado sin lugar el recurso de apelación, fue ratificada por la Sala, argumentando que el recurso no cumplía con los requisitos de ley establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. La Sala concluyó que el recurrente no fundamentó adecuadamente su denuncia de violaciones legales, lo que llevó a la desestimación del recurso.

Extracto de la motiva

Como Colorario de lo expuesto, tenemos que en el caso bajo el examen el elemento tipicidad viene dado precisamente por la acción desplegada por el sujeto activo, este caso la de la ciudadana Yasleth Josefina Rángel Hernández, en la ejecución del delito de Extorsión en grado de cómplice necesario, y el delito de Agavillamiento, ello por cuanto tal hecho encuadra e el tipo penal contenido en el artículo 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión adminiculado con el artículo 84 numeral 3° del Código penal. Por su parte el elemento antijuricidad, se materializa específicamente porque el hecho encuadrado en el tipo penal de Extorsión en grado de cómplice necesario, y el delito de Agavillamiento, contradice abiertamente el ordenamiento jurídico vigente, por hallarse establecido en el Código Penal como delito, sin que haya operado durante el debate causa alguna de ausencia de antijuricidad….en el razonamiento que expresa las razones de hecho y de derecho, en que se fundamentó la presente decisión.

Dispositiva

Por lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el Recurso de Casación presentado por el abogado Ernesto García, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 60.962, actuando como Defensor privado, de la acusada YASLETH JOSEFINA RÁNGEL HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad número 16.934.576., contra el fallo dictado el 16 de septiembre de 2022, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida.

Palabras clave

extorsiónagavillamientorecurso de casaciónCorte de Apelaciones

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