Sentencia N° 14 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de febrero de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 014, Exp. C12-366, 06/02/2013
ExpedienteC12-366
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-02-06
DecisiónDESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Dra. Yanina Beatriz Karabin de Díaz, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por el abogado Nelis Emiro Carrero Soto, en representación de las víctimas, contra una decisión de la Sala n° 3 de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas. Esta última había declarado sin lugar los recursos de apelación interpuestos por las víctimas y confirmado la absolución del ciudadano Argenis Rafael Ibarra Rojas por el delito de homicidio culposo, en perjuicio de Caroll Elizabeth Berroterán.
La Sala determinó su competencia para conocer del recurso y analizó las denuncias presentadas por el recurrente, las cuales se centraban en la falta de aplicación de la ley y la falta de motivación de la sentencia recurrida. Sin embargo, la Sala concluyó que las denuncias eran infundadas y que el recurso de casación no era el medio adecuado para impugnar vicios cometidos en la primera instancia, por lo que se desestimó el recurso presentado.
Finalmente, se declaró que el recurso de casación era manifiestamente infundado, reafirmando la decisión de la Corte de Apelaciones y la absolución del acusado.
Extracto de la motiva
motivación por parte de la recurrida, al no pronunciarse sobre la segunda y tercera denuncia del recurso de apelación interpuesto por las víctimas; indicando lo siguiente: IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 13 “…SEGUNDA DENUNCIA: con fundamento a lo establecido en el artículo 459 y 460, cuya denuncia descansa en la falta de motivación de la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por el Abogado NELIS EMIRO CARRERO SOTO, en su condición de representantes de las víctimas, contra la decisión dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, de fecha el 27 de julio de 2012. Publíquese, regístrese. Ofíciese lo conducente y remítase el expediente.