Sentencia N° 139 — Sala de Casación Penal del TSJ, 15 de octubre de 2021
TSJ/SCP, Sent. N° 139, Exp. RCS21-139, 15/10/2021
ExpedienteRCS21-139
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoRecusacion
Fecha de la decisión2021-10-15
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la recusación presentada por el abogado Robert Alexander Alvarado López en representación de Noel Ramón Gorrin Rivas, contra las juezas de la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región los Llanos. La Sala determinó su incompetencia para conocer de la recusación, argumentando que corresponde a los suplentes o conjueces decidir sobre tales incidencias, según lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La decisión se fundamenta en la normativa que regula la recusación e inhibición de jueces, destacando que la imparcialidad del juez es esencial para la administración de justicia. La Sala también expresó su preocupación por el desconocimiento de las normas procesales por parte de las juezas recusadas, lo que podría afectar la imagen del Poder Judicial y el derecho al debido proceso.
Finalmente, se ordenó remitir el expediente a la Corte de Apelaciones correspondiente y se acordó enviar copia certificada del fallo a la Inspectoría General de Tribunales para evaluar la posible responsabilidad disciplinaria de las juezas involucradas.
Extracto de la motiva
por lo anteriormente expuesto esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer Región Los Llanos, ha hecho una revisión del inventario general, constatándose que hasta la presente fecha no existe recusación alguna la cual corresponda decidir a esta Alzada, en consecuencia resulta improcedente la misma; eso por un lado; por el otro, con respecto a los aspectos relativos al presunto adelanto de opinión al resolver incidencias, cabe precisar que no solo en el presente caso sino en todos los que han cursado ante este órgano Colegiado, han sido decididos conforme a derecho sin tocar aspectos relativos a los hechos, por lo que mal podría pretender el accionante que esta Alzada tenga que desprenderse de asuntos sometidos a su conocimiento por diferentes razones o motivos; en efecto la presente recusación interpuesta a todas luces IMPROCEDENTE y TEMERARIA y así debe ser declarado por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, por estas razones, además la cual viene sin acompañamiento de medios de pruebas, pretendiendo con ello interferir en la buena marcha de la administración de justicia, del debido proceso y la titula judicial efectiva (…)
Dispositiva
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer de la recusación propuesta por el abogado Robert Alexander Alvarado López, en su condición de defensor privado del ciudadano Noel Ramón Gorrin Rivas, contra las abogadas ALIX REYES GAVIDIA, SOLCIRET REYNOSO y ADRIANA CAROLINA CRESPO CASTILLO, Juezas integrantes de la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región los Llanos, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SEGUNDO: Se ORDENA remitir el expediente a la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región los Llanos. TERCERO: Se ACUERDA remitir copia certificada del presente fallo a la Inspectoría General de Tribunales para que estime la procedencia del procedimiento correspondiente para establecer la responsabilidad disciplinaria de las prenombradas juezas de la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región los Llanos.
Palabras clave
recusaciónimparcialidadjusticiadebido procesoadministración de justiciaCorte de ApelacionesSala de Casación Penal