Sentencia N° 139 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de mayo de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 139, Exp. C04-0009, 06/05/2004
ExpedienteC04-0009
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-05-06
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado y anulada la sentencia

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa de Antonio Augusto Paredes Paz, quien fue condenado por homicidio intencional. La Corte de Apelaciones había modificado la condena inicial de homicidio culposo a homicidio intencional, lo que llevó a la defensa a argumentar la falta de análisis de pruebas en la decisión. La Sala determinó que el recurso era infundado y, además, anuló la sentencia de la Corte de Apelaciones por vicio de inmotivación, ordenando que el expediente fuera remitido para una nueva decisión.

Extracto de la motiva

La motivación, propia de la función judicial, tiene como norte la interdicción de la arbitrariedad, permite constatar los razonamientos del sentenciador, necesarios para que el acusado y las demás partes, conozcan las razones que le asistan, indispensables para poder ejercer con propiedad los recursos y, en fin, para poder determinar la fidelidad del juez con la ley. Por consiguiente, tiende a la incolumidad de principios fundamentales como el derecho a la defensa, a una sentencia justa e imparcial y a los principios de la tutela judicial efectiva.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la defensa del imputado; y DE OFICIO ANULA la sentencia dictada en fecha 04 de septiembre de 2003 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua; y ORDENA REMITIR el expediente al Juez Presidente del referido Circuito Judicial, para que previa distribución lo remita a otra Sala de la Corte de Apelaciones, para que dicte nueva sentencia prescindiendo de los vicios que originaron la presente nulidad.

Palabras clave

homicidio intencionalhomicidio culposorecurso de casaciónanálisis de pruebasinmotivacióndebido procesoCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal Penal

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