Sentencia N° 138 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de marzo de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 138, Exp. A08-0067, 12/03/2008
ExpedienteA08-0067
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-03-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal admitió una solicitud de avocamiento presentada por el abogado Wilmer José Muñoz Bravo, defensor del acusado Abrahan Ignacio Moreno, quien se encuentra privado de libertad desde hace más de cuatro años. La solicitud se fundamenta en la alegación de retardo judicial y violaciones al debido proceso, dado que no se ha realizado el nuevo juicio ordenado por la Corte de Apelaciones. La Sala, tras evaluar la situación, decidió admitir la solicitud y ordenar la paralización del proceso, solicitando el expediente original al Circuito Judicial Penal del Estado Lara.

Extracto de la motiva

Para desarrollar la presente solicitud de avocamiento, el ciudadano abogado Wilmer José Muñoz Bravo, defensor privado del acusado, fundamentó sus alegatos, exponiendo lo siguiente: '… El 28 de agosto de 2003, se produjo la detención de mi defendido (…) se llevó a cabo la audiencia correspondiente donde el Ministerio Público le imputó la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Calificado (…) en esa oportunidad la Juez de Control Nº 7, decretó (…) privación judicial preventiva de libertad (…) nuestro patrocinado se encuentra privado de su libertad desde hace (4) años, cinco (5) meses, sin que el nuevo juicio ordenado por la Corte Apelaciones por decisión de fecha 15 de mayo de 2007 en la que declaró con lugar el recurso de apelación (…) contra la sentencia publicada por el Tribunal de Juicio N 4 del Estado Lara, se haya realizado, motivo por el cual nos encontramos ante un evidente retardo judicial que no puede ser imputado a nuestro patrocinado. (…) la defensa visto que el Ministerio Público no solicitó la prorroga de la detención de nuestro patrocinado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, pidió el decaimiento de la medida (…) petición que fue negada por el Juez de Juicio N 4 (…) por auto de fecha 16 de julio de 2007 motivo por el que la defensa ejerció recurso de apelación (…) produciendo decisión (…) la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 16 de noviembre de 2007, declarando sin lugar el recurso de apelación, motivo por el cual agotada la vía recursiva ordinaria, no nos queda otra alternativa (…) solicitarle el avocamiento en el caso (…) a fin que le sea garantizado el debido proceso y por ende la libertad personal de Abrahan Ignacio Moreno, tal y como lo disponen los artículos 49 de la Constitución Nacional, 1 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal. (…) la situación expuesta (…) resulta una escandalosa violación al ordenamiento jurídico (…) haber obtenido una respuesta negativa por parte de la Corte de Apelaciones (…) constituye una flagrante violación de el artículos 244 de la Ley Adjetiva Penal (…) las infracciones cometidas en la presente causa, han sido reclamadas y agotadas en tiempo hábil, lo que reafirma la procedencia del pedimento del avocamiento (…) a los fines de ordenar el proceso dada la violación al debido proceso y el derecho a la defensa, en perjuicio del ciudadano Abrahan Ignacio Moreno (…) en consecuencia se ordene la inmediata libertad de mi defendido, toda vez, que el mismo se encuentra amparado por la presunción de inocencia que hasta la presente fecha no ha sido desvirtuada…'

Dispositiva

Vista la referida solicitud de avocamiento, la Sala de Casación Penal de conformidad con el artículo 5 numeral 48 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, procede a admitirla y acuerda solicitar; con la urgencia del caso, a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que recabe y remita a esta Sala, el expediente original y todos los recaudos relacionados con la presente causa, se ordena paralizar el proceso, de conformidad con el aparte 12 del artículo 18 eiusdem.

Palabras clave

avocamientohomicidio intencionalretardo judicialdebido procesolibertad personalCódigo Orgánico Procesal Penalviolación de derechos

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