Sentencia N° 137 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de abril de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 137, Exp. C22-101, 07/04/2022
ExpedienteC22-101
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-04-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de los acusados, quienes habían sido condenados a cuatro años de prisión por el delito de hurto calificado. La decisión de la Corte de Apelaciones, que confirmó la sentencia del Juzgado Tercero de Primera Instancia, fue considerada infundada por la defensa, quien alegó vicios en la valoración de pruebas y falta de motivación en la sentencia. Sin embargo, el TSJ determinó que las alegaciones no cumplían con los requisitos legales para la admisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

En efecto, honorables Magistrados, garantes de la constitucionalidad, la Sentencia Condenatoria, recurrida oportunamente, adolece del vicio de Falta de Motivación, ya, que el Tribunal Recurrido, no motivó sobre el mérito de la prueba pública, contenida en el resultado negativo de la Cadena de custodia y los vaciados de las cámaras de seguridad y el testimonio de MARÍA VERÓNICA MENDOZA, (…) veterinario de la entidad mercantil quien fue detenida en el procedimiento de fecha 20 de marzo del 2018 siendo admitido como medio de prueba promovida en control judicial como medios probatorios en el juicio oral y público, y testificación fue desviada por el juzgado en primera instancia. De lo alegado en fecha 10 de Agosto ante la corte a pesar que su texto íntegro de la sentencia publicada erradamente con fines a burlar la transparencia judicial la ponencia en presencia de los jueces superiores OSWALDO FLORES y LUIS ENRIQUE ABELLO GARCÍA no tuvieron consideraciones en la aplicación de la constitucionalidad del artículo 334 Constitucional que le atribuye a todos los jueces de la República la obligación de asegurar la integridad de la constitución siempre dentro del ámbito de su competencia y conforme a lo previsto en el mismo texto fundamental lo que se traduce en el deber de ejercer aun de oficio el control difuso de la constitucionalidad de las leyes o normas jurídicas a fin de garantizar a supremacía constitucional y resolver por esta vía los conflictos o colisiones que puedan presentarse en cualquier causa, entre normas legales o sub legales y una o varias disposiciones constitucionales en cuyo caso deben aplicar preferentemente estas últimas. (…) En efecto a Corte de Apelación del estado Aragua, desestimó en el Recurso de Apelación; la relativa a la denuncia de vicio de inmotivación por ilogicidad en la Valoración de las Pruebas, lo cual constituyó como en efecto se denunció, una infracción al artículo 364 numeral 2° Ahora artículo 346 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal en este actuar el A quo incurrió en Graves Contradicciones inconciliables que le hicieron incurrir en violación de normas jurídicas propias de nuestro ordenamiento legal. En sentencia 605 de fecha 10/05/00 [sic] con ponencia del magistrado Rafael Pérez Perdomo, se refirió La sentencia, conforme lo ha dispuesto a reiterada jurisprudencia de esa sala, debe ser un instrumento que se basa así mismo, por lo cual debe contener el Resumen de todas las pruebas relevante del proceso, su análisis y comparación y el señalamiento de los hechos dados por probados, siendo este último, un requisito imprescindible a los efectos del establecimiento de la naturaleza penal de tales hechos.

Dispositiva

DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el abogado CARLOS ANTONIO CUNEMO JASPE, en su carácter de defensor de los acusados YAN CARLOS SERRA AGUILAR, JOSÉ GREGORIO SIERRA CARRILLO, JOSÉ LUIS DOMÍNGUEZ, FRANK EMILIO SOJO CHÁVEZ, FREDY ALBERTO TORRES SANTANDER, GIL VICENTE HERRADEZ, ORLANDO TORREALBA BEJARANO, ORLANDO ALFREDO ARMAS DELGADO, JOSÉ GREGORIO GARCÍA VILLEGAS, ORANGEL RENÉ VILLAMARÍN VÁSQUEZ, JOSÉ MIGUEL GÁMEZ GALENO y JOSÉ ISAÍAS VERGARA BARRIOS, en contra de la decisión publicada por la Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en fecha 24 de agosto de 2021.

Palabras clave

hurto calificadorecurso de casaciónTribunal Supremo de Justicia

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