Sentencia N° 137 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de mayo de 2010

TSJ/SCP, Sent. N° 137, Exp. C09-384, 12/05/2010
ExpedienteC09-384
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-05-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui declaró sin lugar los recursos de apelación interpuestos por la defensa de José Gregorio Pinto Guerra. El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, revisó el caso y determinó que no hubo violación del principio de inmediación, ya que la sentencia fue firmada por jueces que presenciaron la audiencia. Además, se concluyó que las denuncias de la defensa sobre contradicciones en los testimonios de los testigos no eran válidas, ya que la Corte de Apelaciones había motivado adecuadamente su decisión.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: En efecto, tal como lo señalan los impugnantes, la audiencia oral celebrada por ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 26 de febrero de 2009, fue presenciada por las Juezas Gilda Mata Cariaco, Magaly Brady Urbáez y Libia Rosas Moreno. No obstante, la sentencia publicada en fecha 31 de marzo de 2009, fue redactada bajo la ponencia del Dr. César Felipe Reyes Rojas, quien se encontraba de permiso al momento de celebrar la referida audiencia, y en cuyo texto de la sentencia recurrida se lee lo siguiente: "...El 9 de junio de 2008, fueron recibidos los recursos signados con los números BP01-R-2008-000113 y BP01-R-2008-000114, se le dio cuenta a la Jueza Presidenta y efectuada la distribución legal, de acuerdo al sistema automatizado JURIS 2000, correspondió la ponencia a la Dra. Luz Verónica Cañas, quien para ese momento se encontraba en sustitución del Dr. CÉSAR FELIPE REYES, por encontrarse éste de permiso otorgado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia. El 27 de junio de 2008 fue admitido el recurso de apelación signado con el número BP01-R-2008-000113; convocándose a las partes para la Audiencia Oral y Pública...Y respecto al asunto BP01-R-2008-000114, el mismo fue devuelto por auto del 25 de junio de 2008 a su tribunal de origen por carecer de certificación de los días de audiencia, siendo recibido nuevamente el 10 de julio de 2008, admitiéndose por auto del 16 de julio de 2008; tales actuaciones fueron realizadas estando el conocimiento del presente asunto bajo la ponencia del DR. CÉSAR FELIPE REYES ROJAS..."

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara sin lugar las denuncias contenidas en el recurso de casación propuesto por los ciudadanos abogados Jesús Ramón Villafañe Hernández y Eric Lorenzo Pérez Sarmiento, en su carácter de defensores del ciudadano José Gregorio Pinto Guerra. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

sentenciasjuiciotestigoscontradiccionesmotivaciónCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penal

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