Sentencia N° 137 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de abril de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 137, Exp. E07-0027, 10/04/2007
ExpedienteE07-0027
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2007-04-10
DecisiónDesistida

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición del ciudadano colombiano LUIS ARCESIO CORREA BOLAÑOS, quien había sido condenado en Colombia por homicidio en grado de tentativa. Tras analizar la documentación presentada, la Sala determinó que la pena impuesta había prescrito, lo que llevó a declarar desistida la solicitud de extradición. La decisión se fundamentó en la falta de vigencia de la solicitud debido a la prescripción de la acción penal.

Extracto de la motiva

Ahora bien, en el presente caso que ocupa nuestra atención, de conformidad a lo establecido en el artículo 89 del nuevo Código Penal, en el que se indica que la pena privativa de libertad prescribe en el término indicado para ella en la sentencia o en el que falte por ejecutar, pero nunca podrá ser inferior a cinco (05) años, y estando ejecutoriada la sentencia el 4 de noviembre de 1994, y por haber transcurrido más de seis (06) años a partir de la ejecutoria del fallo, éste Despacho de oficio procede a la declaratoria de la Prescripción de la Pena Principal de la prisión impuesta a LUIS ARCESIO CORREA BOLAÑOS (...) Igualmente, de conformidad a lo establecido en el artículo 89 del nuevo Código Penal, es procedente declarar la prescripción de la pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas impuesta en la sentencia, debiéndose cancelar las órdenes de captura impartidas en su contra...

Dispositiva

En virtud de lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA DESISTIDA LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano de nacionalidad colombiana, LUIS ARCESIO CORREA BOLAÑOS. En consecuencia, se ordena remitir copia certificada de la decisión al Ministerio del Interior y Justicia. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

extradicionhomicidioprescripcionjusticiaColombiaVenezuelapenalsolicitud

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