Sentencia N° 135 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de mayo de 2018
TSJ/SCP, Sent. N° 135, Exp. C18-3, 04/05/2018
ExpedienteC18-3
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2018-05-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación interpuesto por el abogado Freddy Urbina, defensor privado de Luis Marcial Villalobos Medina, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que había modificado la pena impuesta por el Tribunal Primero de Primera Instancia. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación del defensor y con lugar el de la Fiscalía, corrigiendo la pena a veintidós años, siete meses, siete días y doce horas de prisión por el delito de violencia sexual. El TSJ consideró que las denuncias del recurrente no cumplían con los requisitos de fundamentación exigidos por el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
MOTIVADA ya que el Tribunal ´ad-quem´ al momento de tomar su determinación judicial los hizo subsumiendo el recurso del Ministerio Publico (sic) en motivos distintos invocados por este en el escrito recursivo, y la disposición legal aplicable, ya que el recurso de apelación sometido a su conocimiento no cumplía con las formalidades previstas en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y que este debía tramitarse conforme a las normas previstas en dicha ley artículo 112.4 de la Ley Especial y no como lo hizo la recurrente sino que adapto (sic) su actuación a las exigencias establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal y en los motivos establecidos en el artículo 444.5 del Texto Adjetivo Penal por violación de la ley, sin indicar a cual norma se refiere como violada, y sin indicar como (sic) fue violada por la juzgadora de juicio y la solución requerida, solo se limito (sic) a delatar su inconformidad con el quantum de la penal recurso que no cumplió no obstante su fundamentación no se evidencia un razonamiento común sino un motivo distinto ´errónea interpretación de una norma´ que es un (motivos de casación) no de apelación ´de acuerdo con el artículo 112.4 de la Ley Especial´”. Que “…se observa que si bien la alzada subsumió el recurso interpuesto por el Ministerio Publico (sic) en el artículo 112.4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, no obstante de su fundamentación no se evidencia un razonamiento común sino un motivo distinto al invocado por la recurrente ´errónea interpretación de una norma jurídica´ (tal como consta al (folio 101 de la sentencia) (sic) existiendo en el presente caso incongruencia entre el motivo del recurso de apelación ´por inobservancia o errónea aplicación de una norma jurídica´ establecida en el artículo 112.4 de la Ley Especial y el motivo establecido en la decisión ´errónea interpretación de una norma jurídica´ lo que equivale a ausencia de motivación”. Que “…[al] Tribunal ´ad-quem´ [le] corresponde el deber al Órgano Jurisdiccional colegiado atenerse al objeto del medio impugnativo y no como en el presente caso en el que los integrantes de la Sala Única Honorables Magistrados el órgano jurisdiccional colegiado, suplieron las faltas o defectos en el recurso yendo más allá de la Tutela Judicial Efectiva, desequilibrando el proceso a favor de una de las partes que en este caso fue a favor del Ministerio Publico (sic) vulnerando con su actuación el contenido de los artículos 12 y 19 del Código Orgánico Procesal Penal que hacen procedente la nulidad de la sentencia por violación de la ley e infracción de los artículos 157, 12 y 19 del eiusdem”.
Dispositiva
DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el Recurso de Casación incoado por el abogado Freddy Urbina, quien ostenta la condición de Defensor Privado del ciudadano Luis Marcial Villalobos Medina, contra la decisión publicada por la Corte de Apelaciones Sección Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, el 18 de abril de 2017.
Palabras clave
Violencia SexualRecurso de CasaciónCorte de ApelacionesTSJ