Sentencia N° 135 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de marzo de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 135, Exp. C14-63, 25/03/2015
ExpedienteC14-63
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-03-25
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 25 de marzo de 2015, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público contra la sentencia de la Sala Número Cinco de la Corte de Apelaciones, que había confirmado la absolución de Holiver Manuel Quintero Padrón por homicidio. La Sala argumentó que no hubo violación a la norma sobre motivación de sentencias, ya que la Corte de Apelaciones justificó adecuadamente su decisión. Además, se destacó la falta de colaboración del Ministerio Público en la comparecencia de testigos y expertos durante el juicio, lo que impidió la recolección de pruebas necesarias para un fallo condenatorio.

Extracto de la motiva

En el presente caso, los recurrentes plantearon la falta de motivación de la sentencia dictada por la Sala Número Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, al considerar que incurrió en violación de la ley por falta de aplicación del artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, 'al no haber cubierto todos los extremos que fueron denunciados en apelación de sentencia...'. Ahora bien, a fin de verificar el vicio alegado, esta Sala de Casación Penal transcribirá el recurso de apelación de sentencia, interpuesto por la abogada Luz Marisol Flórez Villamizar, Fiscal Provisoria Centésima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y por el abogado Ángel Rojas Abraham, Fiscal Auxiliar Sexagésimo Sextos del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, en el cual alegaron lo siguiente: Que 'el Juzgador a quo incurrió en violación a la ley por no aplicar conforme a derecho las normas contempladas en los artículos 171, 184, 185, 226, 335, numeral 2 y 357 eiusdem, al evidenciarse que la primera instancia llega (sic) a emitir SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor del ciudadano HOLIVER MANUEL QUINTERO PADRÓN, sin que efectivamente se haya logrado la totalidad de las citaciones a las víctimas, testigos y expertos, ni que se haya ordenado la comparecencia de estos (sic) mediante la fuerza pública; todos estos medios de prueba que fueron admitidos en fase intermedia producto de la celebración de la correspondiente audiencia preliminar y que son así expresamente señalados en el auto de apertura a juicio...'.

Dispositiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el RECURSO DE CASACIÓN propuesto por la abogada Audrey Bermi Chacón Barazarte, el abogado Ángel Rojas Abraham y por la abogada Luz Marisol Flórez Villamizar, Fiscales Principal y Auxiliar Sexagésimo Sextos del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena y Fiscal Provisoria Centésima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, respectivamente, en contra de la decisión dictada, el 26 de septiembre de 2013, por la Sala Número Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.

Palabras clave

homicidiocasaciónabsoluciónMinisterio Públicotestigos

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