Sentencia N° 135 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de mayo de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 135, Exp. C13-466, 06/05/2014
ExpedienteC13-466
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-05-06
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado Alfonso López en representación de Rafael Eduardo Valero Aguerrere y la Sociedad Mercantil 237 Inversiones JOR, C.A. contra la decisión de la Sala No. 9 de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación. La Sala concluye que el recurrente no cumplió con los requisitos de admisibilidad y fundamentación del recurso, presentando alegatos confusos y contradictorios sobre la falta de motivación de la sentencia recurrida.

Extracto de la motiva

El recurso de casación goza de una condición especial, que obedece a su naturaleza procesal, constituyendo un medio de impugnación contra decisiones emitidas por las cortes de apelaciones, instancia superior ordinaria en el marco del proceso penal vigente en la República Bolivariana de Venezuela. Contemplando el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, los requisitos de modo, forma y tiempo en que debe ser presentado el recurso de casación, señalando que se realizará mediante un escrito fundado, ante la corte de apelaciones y dentro de un plazo de quince (15) días después de publicada la sentencia, a excepción que el acusado se encuentre privado de libertad, caso en el cual comenzará a correr a partir de la notificación personal, previo traslado. En el presente caso, en lo referido a la legitimación activa para recurrir, el recurso de casación fue propuesto por el abogado ALFONSO LÓPEZ, apoderado judicial del ciudadano RAFAEL EDUARDO VALERO AGUERREVERE y de la Sociedad Mercantil 237 INVERSIONES JOR, C.A., facultado según lo dispuesto en el artículo 424 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente, en relación al supuesto de la temporalidad, el recurso fue interpuesto el diez (10) de octubre de 2013. Tiempo hábil sobre la base del cómputo efectuado por la abogada YELITZA BARRIOS MACHADO, Secretaria de la Sala No. 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas (cursante en el folio 117 de la pieza No. 4 del expediente), de acuerdo con el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por el abogado ALFONSO LÓPEZ, apoderado judicial del ciudadano RAFAEL EDUARDO VALERO AGUERREVERE, y de la Sociedad Mercantil 237 INVERSIONES JOR, C.A., contra decisión dictada el dieciséis (16) de septiembre de 2013 por la Sala No. 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

arrendamientoestafamotivaciónjuzgadoderecho penalcontratoengaño

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca