Sentencia N° 135 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de abril de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 135, Exp. C12-208, 30/04/2013
ExpedienteC12-208
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-04-30
DecisiónADMITE
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por la Fiscal Primero del Ministerio Público, Reina Irene Pimentel Pérez, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, que había confirmado la absolución de los ciudadanos Carlos Eduardo Manzanilla García y Gustavo Alejandro Peña Viloria por los delitos de amenaza, violencia física y violencia sexual. La Sala consideró que el recurso cumplía con los requisitos establecidos en la ley y convocó a una audiencia pública para su discusión.
La decisión de la Sala se fundamenta en la necesidad de garantizar el debido proceso y la imparcialidad en la administración de justicia, especialmente en casos de violencia contra la mujer. Se destacó la importancia de que las decisiones judiciales sean motivadas adecuadamente para evitar arbitrariedades y garantizar el derecho de las partes a conocer los fundamentos de las decisiones que les afectan.
Finalmente, la Sala ordenó la realización de una audiencia pública dentro de un plazo no menor de quince días ni mayor de treinta, reafirmando su compromiso con la justicia y la protección de los derechos de las víctimas en casos de violencia de género.
Extracto de la motiva
motivada, y sin fundamentación alguna, desestimando la presente denuncia, al considerar que el fallo del Tribunal de Violencia contra la Mujer en funciones de juicio, sólo con transcribir las declaraciones de expertos y testigos evacuados durante el contradictorio está motivando IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 11 adecuadamente, lo cual favorece la arbitrariedad o capricho judicial del Juez de Instancia, que causa indefensión judicial, al apartarse la mayoría sentenciadora de la obligación constitucional y legal de examinar detalladamente el fallo objeto de impugnación y constatar si el a quo realizó una correcta y adecuada motivación del fallo impugnado, y más aún si cumplió con la obligación de proporcionar las razones para su convencimiento y los elementos de prueba utilizados para alcanzarlo, ya que se infiere de la decisión que la mayoría sentenciadora no entró a
Dispositiva
1) ADMITE el recurso de casación propuesto por la ciudadana abogada REINA IRENE PIMENTEL PÉREZ, en su condición de Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, el siete (7) de marzo de 2012. 2) CONVOCA a una audiencia pública que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30).