Sentencia N° 135 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de marzo de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 135, Exp. C01-0806, 20/03/2002
ExpedienteC01-0806
PonenteRAFAEL PÉREZ PERDOMO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-03-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público contra la decisión de la Corte de Apelaciones, que había declarado la nulidad de ciertas pruebas y ordenado la libertad del acusado. La Sala consideró que la impugnante no fundamentó adecuadamente su recurso, lo que impidió conocer la naturaleza de la denuncia propuesta. A pesar de la indebida fundamentación, la Sala revisó el fallo impugnado y concluyó que se encontraba ajustado a derecho.

Extracto de la motiva

Establece el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, que el recurso de casación se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicaran, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación, expresando de que modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios. La impugnante, si bien explica la razón por la cual, en su concepto, la recurrida erró al desaplicar el artículo 225, ordinal 1º, ejusdem, por cuanto la visita domiciliaria, practicada en la residencia del acusado, es lícita por estar amparada por la excepción prevista en el citado artículo, no indica cuál es el precepto legal que considera infringido ni el motivo que hace procedente el recurso, lo cual impide a la Sala conocer la naturaleza de la denuncia propuesta.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por Fiscal Decimonoveno del Ministerio Público. En consecuencia, remítanse la actuaciones a la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

recurso de casacionnulidadvisita domiciliariadelitosustancias estupefacientesCódigo Orgánico Procesal Penalderechos del acusadojusticia

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